Giro radical en las bajas laborales: lo que va a exigir la Seguridad Social en 2025


         Giro radical en las bajas laborales: lo que va a exigir la Seguridad Social en 2025

La Seguridad Social está preparando una serie de medidas para controlar de forma más efectiva las solicitudes de baja laboral.

Coger una baja laboral es algo que puede parecer fácil, pero todo puede cambiar a partir de 2025, cuando se producirá un giro radical en las bajas laborales. Hasta ahora, las bajas se hacían efectivas a partir del cuarto día o de forma inmediata en algunos casos, pero ahora la Seguridad Social prepara distintas medidas para controlar estas bajas de una forma más efectiva.

Desde la Seguridad Social se han implementado nuevas medidas, entre ellas una que tiene que ver con la empresa para la que trabaja el empleado. Estas empresas estarán obligadas a ofrecer información detallada sobre las funciones que realiza el empleado en su puesto laboral.

De esta manera, se podrá analizar cada caso en particular para poder determinar si realmente es justificable la incapacidad temporal del interesado en su puesto de trabajo. A ello se sumarán más controles de carácter administrativo y evaluaciones médicas, con distintas revisiones periódicas que contribuyan a poder valorar la reincorporación del empleado a su puesto de trabajo, incluso antes de que esté recuperado por completo.

En este sentido, hay que destacar que no hace mucho tiempo, se habló acerca de la posibilidad de que comenzasen a implementarse las bajas temporales intermitentes, las cuales permitirían al trabajador acudir a su puesto laboral durante unos días y permanecer el resto de baja. En todo caso, ahora será el médico quien envíe de forma directa el informe a la empresa para que exista un mayor control y transparencia sobre el proceso.

El objetivo principal de los nuevos cambios es el de asegurar que los procesos de incapacidad temporal se manejen de una forma más efectiva, beneficiando tanto a los propios trabajadores como a las empresas para las que trabajan.

Con la llegada de nueva norma, la incapacidad temporal pasará a tener una vigencia máxima de 18 meses, puesto que la Seguridad Social permite bajas de 360 días, más una prórroga de 180 días adicionales cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social determine que el trabajador podrá recuperarse en ese periodo de tiempo, alcanzando así un total de 540 días.

Una vez llegado al final del periodo de baja, el trabajador será sometido a un examen para determinar si puede o no reincorporarse al trabajo, y dado el caso, recibir el grado de incapacidad permanente correspondiente.

Este cambio responde a la propia necesidad existente de que haya una adaptación y modernización de los procedimientos relacionados con las bajas laborales, buscando que en los mismos exista una mayor eficacia y transparencia. Para ello se creará una comisión encargada de supervisar la implementación y funcionamiento de este nuevo sistema, en lo que supone un paso hacia adelante para mejorar los servicios de la Seguridad Social.

¿Quién se hace cargo de las bajas laborales?

Cuando un trabajador coge una baja laboral, los primeros quince días son pagados por la empresa. A partir del decimosexto día de baja, es la mutua o el Instituto Nacional de la Seguridad Social la que asume los costes hasta el momento en el que el empleado se recupera y regresa a su puesto de trabajo.

En lo que respecta al pago, si la baja laboral tiene su origen en un accidente laboral o enfermedad común, del día 4 de baja al 20, el trabajador percibirá el 60% de la base reguladora, que crecerá hasta el 75% a partir del día 21. En el caso de que la baja venga provocada por un accidente laboral o una enfermedad profesional, se cobrará el 75% de la base reguladora desde día 1.

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