Absuelven al exsecretario de Estado de Turismo acusado de manipular contratos

Absuelven al exsecretario de Estado de Turismo acusado de manipular contratos

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al exsecretario de Estado de Turismo Fernando Valdés al considerar que no hay pruebas suficientes de que incurriera en los delitos de prevaricación, fraude en la contratación y administración desleal durante su etapa en la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) en 2011, bajo el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

Valdés se convirtió en secretario de Estado de Turismo el 15 de julio de 2020. Como informó El Confidencial ese mismo año, la Fiscalía Anticorrupción se querelló poco después contra él y otros 15 cargos ante la sospecha de que una serie de contratos adjudicados durante su etapa anterior en AECID no se tradujeron en una prestación de servicios real. En diciembre de 2022, terminó por presentar su dimisión por motivos personales.

La sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial, concluye ahora que “no existe prueba de prácticas irregulares con autoridades y funcionarios públicos” ni “tampoco ha quedado acreditado que actuaran para beneficiar a un tercero”. El tribunal también absuelve a los otros cinco cargos que tuvieron que sentarse en el banquillo junto a él por los mismos delitos.

En el caso concreto de Valdés, que estaba defendido por el despacho Oliva-Ayala, la investigación se centraba en que fue subdirector general de la AECID y actuaba como jefe de contratación. Años después, al revisar las cuentas de ese ejercicio, la Intervención General de la Administración del Estado llevó el caso a la Fiscalía Anticorrupción tras detectar lo que consideraba irregularidades.

Rafael Méndez

"No se aprecia el concierto de voluntades con una finalidad de frustrar o decepcionar el bien común, por lo que podemos concluir que no concurren los presupuestos de dicho ilícito penal", concluyen ahora los magistrados. "No se aprecia irregularidad en los contratos menores suscritos, no habiendo quedado acreditado que se hayan fragmentado dolosamente ninguno de los celebrados".

El tribunal no cuestiona que "la contratación llevada a cabo no habría sido la óptima", pero considera que en ningún caso puede calificarse como "injusta a sabiendas". También destaca que las acusaciones no han llegado a probar que AECID sufriera "un perjuicio" con ninguno de los contratos investigados.



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