Absuelven a las cinco personas que increparon a seguidores de la selección española en Pamplona

Absuelven a las cinco personas que increparon a seguidores de la selección española en Pamplona

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Hace ya más de dos años, el 11 de octubre de 2022, se vivieron momentos de tensión en las inmediaciones del estadio El Sadar de Pamplona, donde iba a disputarse el partido amistoso de fútbol femenino entre España y Estados Unidos. Cinco individuos fueron acusados de insultar a personas que portaban banderas, camisetas o bufandas de España, después de que la elección de Pamplona para este encuentro generase una reacción adversa entre sectores independentistas radicales.

El caso llegó a los tribunales, y el fiscal pedía tres años de prisión para cada uno de los cinco procesados por un delito de coacciones con la agravante de discriminación, que en este caso sería ideológica. Europa Press informa que, según el fiscal, los acusados habían utilizado expresiones como "fascistas, vasallos del Estado español, españoles hijos de puta, puta España, puta Selección" para atacar verbalmente a seguidores de la selección española que acudieron a El Sadar con símbolos y colores de España.

Rubén Rodríguez

Sin embargo, y tras la celebración del juicio el pasado 29 de octubre, finalmente todos ellos han sido absueltos por el Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona, tal como reclamaban sus defensas. Europa Press también ha ofrecido detalles sobre la sentencia (que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial), en la cual la magistrada señala "una completa falta de prueba", exponiendo además que los testigos que participaron en el juicio no incluyeron a ninguno de los espectadores del partido que portaron esos símbolos de España y que supuestamente fueron increpados, aunque sí declararon agentes policiales que integraron el dispositivo de seguridad de aquel día.

En ese sentido, la jueza ha subrayado que "en ningún momento se ha acreditado, por lo tanto, que los aficionados a quienes en los hechos por los que se mantiene acusación se identifica como sujetos pasivos de las coacciones fueran intimidados, física o verbalmente, por la actuación descrita, o se sintieran intimidados de alguna manera, ni vieran afectada su libertad, llevaran o no banderas o camisetas de España".

"Una serie de desórdenes"

Pese a esta sentencia, la magistrada considera que sí ha quedado acreditado que "sin duda ese día en las inmediaciones del campo de El Sadar se produjeron una serie de desórdenes, y en algunos casos de conductas violentas verbal y físicamente contra los policías nacionales encargados de la seguridad del evento deportivo", pero que sin embargo "no se mantiene acusación", y ha rechazado la acusación por delito de coacciones. Ha reprochado que en la vista oral no se hayan calificado los hechos como delitos de desórdenes públicos, de atentado o resistencia a agentes de la autoridad, a pesar de que sí se habían tipificado inicialmente en la instrucción de la causa.

Aunque la jueza ve acreditado que hubo desórdenes, ha rechazado la acusación de delito de coacciones

Por otra parte, la jueza también ha considerado oportuno remitir la resolución a la Policía Nacional, para que valoren posibles sanciones por infracciones administrativas a las personas que estuvieron involucradas aquel día en los desórdenes, teniendo en cuenta los datos que han sido expuestos en este juicio acerca de los altercados que hubo con agentes de dicho cuerpo.



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