Pedro Sánchez ha comunicado al juez Juan Carlos Peinado su "voluntad" de "colaborar" en la causa en la que se investiga a Begoña Gómez por tráfico de influencias y corrupción en los negocios, pero pide declarar por escrito. "He de trasladar que, como presidente del Gobierno de España, tengo el deber y la responsabilidad de cumplir la Ley y de preservar el sentido propio de la institución a la que represento por elección del Congreso de los Diputados", sostiene en el escrito que ha remitido a Peinado este miércoles y al que ha tenido acceso El Confidencial.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé la posibilidad de testificar por escrito cuando se toma declaración a un presidente del Gobierno por hechos de los que ha tenido "conocimiento por razón de su cargo". El juez considera que esa opción no resulta aplicable a Sánchez porque él investiga cuestiones sobre las que habría tenido constancia por ser el marido de Begoña Gómez y no el presidente, ante lo que la ley establece que la testifical se practicará "en su domicilio o despacho oficial".
De hecho, el juez ya ha ordenado "la instalación de los dispositivos necesarios" en la Moncloa para grabar la comparecencia y él mismo encabezará "la comisión judicial" que se desplazará al palacio presidencial el 30 de julio. Al pedir declarar por escrito, Sánchez trata ahora de evitar ese escenario: "No tengo duda de que V.I. compartirá la necesidad del máximo respeto a nuestro marco constitucional y legal y, por lo tanto, a lo establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal respecto a la institución del presidente del Gobierno", advierte a Peinado.
Sánchez argumenta que "es notorio" que su "comparecencia resulta inescindible de la condición de presidente del Gobierno" y, por tanto, "se deberá prestar por escrito". Esta situación ya se dio en el caso Pegasus, en el que el ministro de Presidencia, Félix Bolaños, se acogió a esa posibilidad. El magistrado José Luis Calama llegó a sugerirle que lo hiciera por videoconferencia "para asegurar el buen fin de la causa y su tramitación en términos de agilidad y utilidad", pero no surtió efecto.
"Con el fin de garantizar el estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico y dadas las cuestiones que son objeto del citado procedimiento, esta declaración debe producirse conforme a lo establecido en ell artículo 412.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal", concluye Sánchez en su escrito. "Es mi voluntad, como no puede ser de otro modo, colaborar con la Administración de Justicia, siempre en el marco del estricto cumplimiento de la Constitución Española y la Ley que a todos nos vinculan y que son la máxima garantía de nuestro estado de Derecho".
El presidente no hace ninguna referencia a la dispensa que también establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que le permitiría no tener que declarar "en contra" de Begoña Gómez por ser su marido, pero aún podría acogerse a la misma más adelante."El juez instructor advertirá al testigo que se halle comprendido en el párrafo anterior [ser cónyuge o familiar directo] que no tiene obligación de declarar en contra del procesado; pero que puede hacer las manifestaciones que considere oportunas", señala el artículo 416 de esta ley.
Las acusaciones populares, lideradas por Vox, se han opuesto a la petición de Sánchez y piden mantener la declaración en su despacho de la Moncloa: "No ha tenido conocimiento del procedimiento (...) por su cargo de autoridad, sino por ser el esposo de Doña Maria Begoña Gómez Fernández", critican en un escrito remitido al juez. También tratan de adelantarse a la posibilidad de que el presidente se acoja a ese derecho a no declarar "en contra" de su mujer, para lo que recuerdan que, además de Begoña Gómez, constan como investigados el empresario Juan Carlos Barrabés y el rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache Goñi.
Begoña Gómez recurre su citación
La Fiscalía y el abogado de Begoña Gómez, Antonio Camacho, ya recurrieron este martes la citación de Sánchez como testigo. Ambas partes piden anular la misma o, al menos, que se le permita declarar por escrito. "La esencia de lo que se pretende es investigar la posible influencia, no sobre cualquier persona, sino respecto del presidente del Gobierno y, por lo tanto, en el ejercicio del poder de dirección que la Constitución atribuye al mismo en nuestro país", critica Camacho.
La Fiscalía va un paso más allá y considera que la testifical "no es útil" por la mencionada excepción que hace la ley cuando se trata del "cónyuge" del investigado: "¿Qué se espera, que declare el testigo llamado sobre la actividad atribuida a su esposa? ¿Que sea la primera persona de los llamados que afirme esa influencia y prevalimiento?¿Que la conocía o que participó? ¿Que colaboró? ¿Que fomentó la actividad? Porque la parquedad de la resolución dictada (esa es otra cuestión), no nos permite conocer ciertos extremos de la misma", denuncia el fiscal.
La resolución de estos recursos queda ahora en manos del propio juez. Si rechaza los mismos, la Fiscalía y la defensa de Gómez podrían recurrir ante la Audiencia Provincial de Madrid, pero todo apunta a que la respuesta no llegaría a tiempo. Esta situación ha provocado que el propio fiscal también incluya al final de su escrito una última solicitud para tratar de anular la testifical: "Habida cuenta las circunstancias expuestas y premura en los tiempos del señalamiento e imposibilidad de tramitación y resolución en plazo, aun siendo conocedores del carácter no suspensivo de los recursos, que se deje expresamente sin efecto la misma en tanto se resuelve el recurso planteado, a la vista de su repercusión, y dudas jurídicas".
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