La insólita multa que interpuso la Guardia Civil: tres motoristas pararon en el arcén a hacerse una foto


         La insólita multa que interpuso la Guardia Civil: tres motoristas pararon en el arcén a hacerse una foto

Esta sanción se interpuso por los agentes de la Benemérita en uno de los parajes favoritos para los moteros en España, estamos hablando de la zona de Cebreros, en la provincia de Ávila.

En las últimas semanas se ha hecho viral en España el caso de unos motoristas que disfrutaban de un día de ruta por la zona de Cebreros (Ávila) y que fueron sancionados por una patrulla de la Guardia Civil al encontrarlos parados en una explanada de tierra adyacente a la carretera, con la intención de tomar unas fotografías.

Los motoristas subieron el vídeo del proceso de sanción a TikTok a través de la cuenta @savdyh con el objetivo de denuncia la situación y las reacciones del resto de usuarios de la red social no tardaron en llegar. En la actualidad, la publicación cuenta con más de 500k visualizaciones y más de 3.500 comentarios de gente indignada por esta sanción.

¿Por qué recibieron la multa estos motoristas?

Según se aprecia en el vídeo, los agentes de la Guardia Civil interponen la sanción a los tres motoristas por “no respetar una marca longitudinal continua, sin causa justificada, no respeta línea longitudinal continua de separación entre el carril y el arcén”. Por tanto, la multa lleva asociada una cuantía económica de 200 euros que se quedan en 100 por pronto pago.

Aunque, esta infracción ha llevado al debate en redes sociales, debido a que los motoristas se encontraban estacionados a varios metros de la calzada, por lo que no existiría un claro peligro para el resto de los usuarios, por esta razón, algunos comentarios de la publicación sugerían que los afectados debían haber dicho que uno de ellos estaba enfermo o que la moto tenía problemas, con ello, hubieran evitado la sanción.

¿Qué dice la DGT acerca de los arcenes?

El Reglamento General de Circulación especifica en su artículo 90 que “la parada o el estacionamiento de un vehículo en vías interurbanas deberá efectuarse siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de esta y dejando libre la parte transitable del arcén (artículo 38.1 del texto articulado).

Cuando por razones de emergencia no sea posible situar el vehículo fuera de la calzada y de la parte transitable del arcén, se observarán las normas contenidas en los artículos siguientes de este capítulo y las previstas en el artículo 130, en cuanto sean aplicables”. Por tanto, los motoristas cumplían con la normativa sobre arcenes, y la Guardia Civil les sancionó por superar la marca longitudinal.

¿Qué vehículos deben circular siempre por el arcén?

En este caso nos referimos a “los conductores de vehículos de tracción animal, vehículos especiales con masa máxima autorizada no superior a 3.500 kilogramos, ciclos, ciclomotores, vehículos para personas de movilidad reducida o vehículos en seguimiento de ciclistas, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada, circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de éstos, y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada”. Según precisa el artículo 36 del Reglamento General de Circulación.

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