Giro de guion en el caso de Begoña Gómez. El empresario Juan Carlos Barrabés ya ha recibido el alta hospitalaria, por lo que su declaración como testigo se celebrará el próximo lunes en el juzgado y la mujer de Pedro Sánchez no estará obligada a asistir en persona.
El hecho de que Barrabés haya abandonado el hospital deja sin efecto la cédula de citación del pasado 17 de junio, cuando el juez avisó a Begoña Gómez de que, si no acudía a esta comparecencia, podía enfrentarse a una orden de detención. El juzgado adoptó esta medida porque la declaración de Barrabés en principio iba a celebrarse como "prueba preconstituida", lo que abría la puerta a utilizarla en un eventual juicio al que el empresario no pudiera acudir por motivos de salud.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal limita la posibilidad de practicar una declaración como "prueba preconstituida" a situaciones muy concretas. Entre ellas, cuando exista "motivo racionalmente bastante para temer su muerte o incapacidad física o intelectual antes de la apertura del juicio oral". También establece que "la autoridad judicial garantizará el principio de contradicción" durante la misma: "La ausencia de la persona investigada debidamente citada no impedirá la práctica de la prueba preconstituida, si bien su defensa letrada, en todo caso, deberá estar presente", añade.
En el caso de Barrabés, Peinado activó esta vía el pasado 17 de junio y ordenó que se realizaran "las gestiones oportunas" para poder tomarle declaración por videoconferencia desde el hospital: "No le permite desplazamiento alguno, aun manteniendo las capacidades mentales y cognitivas integras para contestar a las preguntas que se le formulen y teniendo en cuenta que no existe un pronóstico de recuperación de su salud a corto plazo si es que llega a darse, se acuerda recibirle declaración con carácter de prueba preconstituida", acordó en su resolución.
Ese mismo día, la letrada de la administración de Justicia del juzgado dictó la mencionada cédula de citación para Gómez y le advirtió sobre las posibles consecuencias de que no acudiera: "Le apercibo que tiene obligación de comparecer y que de no hacerlo ni alegar causa justa que se lo impida, podrá convertirse esta citación en orden de detención". Al descartar ahora el juez que se practice como prueba preconstituida, esta advertencia también queda sin efecto.
El interrogatorio a Barrabés
Como desveló este diario, la mujer del presidente firmó en 2020 dos cartas de apoyo a una UTE de empresas privadas que se presentó a un concurso del ente Red.es, dependiente en ese momento del Ministerio de Economía. El principal accionista de esta UTE era Barrabés, que había participado previamente en el diseño de uno de los másteres de la Complutense que ella dirigía.
El rector de la Complutense asegura al juez que Begoña Gómez le citó en la Moncloa
Pablo Gabilondo
La UTE acabó llevándose adjudicaciones por valor de más de 10 millones de euros de Red.es y el juez acordó citar como testigos a los directivos que participaron en las mismas, pero la Fiscalía Europea se cruzó en su camino. Al constatar que dichos contratos incluían fondos europeos, esta institución asumió la investigación sobre tres contratos de Red.es y obligó al juez a anular las testificales. Pese a ello, el juez Juan Carlos Peinado considera que las pesquisas sobre Barrabés aún no han terminado.
Por un lado, el juez se centra en otras seis adjudicaciones que logró el empresario: una del Consejo Superior de Deportes, cuatro del Ayuntamiento de Madrid y otra de Red.es que no incluyó fondos europeos. Por otro, insiste en que no solo se trata de los contratos que logró llevarse, sino de "todos los hechos, actos, comportamientos y conductas llevadas a cabo, derivadas de la relación existente entre la investigada y el empresario". El interrogatorio del próximo lunes se centrará en ambas cuestiones.
Gómez ha presentado por su parte un recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid en el que pide que se archive la causa por supuestos tráfico de influencia y corrupción, para lo que alega "que no existe elemento alguno que permita abrir la investigación universal" de la que estima está siendo objeto.
Así lo solicita su abogado Antonio Camacho en un recurso que ha presentado contra el auto del pasado día 2, en el que Peinado señaló que "los hechos objeto de investigación son todos los actos, conductas y comportamientos que se han llevado a cabo por la investigada desde que su esposo es el presidente del Gobierno de España que se contienen en la denuncia inicial".
A juicio de Camacho, la parte dispositiva de este auto pone de relieve que su defendida está sufriendo una "investigación prospectiva, que está proscrita en un sistema procesal democrático". La defensa de Gómez critica que el auto "no despeja cuáles son los hechos que son investigados en el presente procedimiento", por lo que denuncia que "es contrario al derecho a la tutela judicial efectiva que reconoce el artículo 24 de la Constitución".
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