En la actualidad, no se concede el ascenso a los militares que han pasado a retiro por 'insuficiencia de condiciones psicofísicas no causadas en acto de servicio'.
El grupo parlamentario del Partido Popular ha registrado una proposición no de ley en el Congreso de los Diputados para su debate en la Comisión de Defensa, con la que pretende instar al Gobierno a eliminar discriminaciones por razón de discapacidad contenidas en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
En el texto de la proposición, el PP persigue que el Congreso de los Diputados inste al Gobierno a seguir cumpliendo con lo dispuesto en la Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con Discapacidad y adaptar las medidas legislativas, administrativas y de toda otra índole “que sean pertinentes para promover, proteger y asegurar el respeto a la dignidad inherente de las personas con discapacidad y la no discriminación”.
La vigente Ley 39/2007, de 19 de noviembre fue modificada por la Ley 46/2015, de 14 de octubre, en cuya disposición transitoria decimotercera se recogían los requisitos para la concesión de empleo honorífico a retirados, en línea con una tradición arraigada en las Fuerzas Armadas.
Lo cierto, señala el PP, es lo previsto en el apartado 3 de esta Disposición impide que pueda concederse el ascenso a los militares que, llevando menos de 20 años en la profesión, han pasado a retiro por insuficiencia de condiciones psicofísicas no causadas en acto de servicio.
Eliminar requisitos
Por ello, le reclaman al Ejecutivo realizar las modificaciones legales oportunas para erradicar la discriminación por razón de discapacidad advertida en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, eliminando el requisito del apartado tercero de la disposición transitoria decimotercera relativo a los 20 años, así como la diferenciación concerniente al origen de la situación de discapacidad del apartado segundo.
El ascenso al empleo honorífico que corresponda al personal en retiro que no cuente con veinte años de tiempo de servicios desde la adquisición de la condición de militar profesional no tiene efecto económico ni supone la modificación de la pensión que se percibe como retirado.
Asimismo, desde el PP emplazan al Gobierno a solicitar al Observatorio de la Vida Militar la elaboración de un informe sobre la acomodación o no de las leyes que regulan el estatuto profesional de los miembros de las Fuerzas Armadas, a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, aprobada el 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), ratificada por España el 3 de diciembre de 2007.
De igual modo para que se acomoden al Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
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