Los dueños de las plazas de garaje podrán realizar cualquier tipo de modificación para evitar este tipo de escenario, según confirma la Ley de Propiedad Horizontal en España: "Puede llevar a cabo modificaciones, siempre y cuando cumplan con las condiciones legales".
En España, aparcar en una plaza ajena en un parking privado supone invadir una propiedad privada, por lo que estarías incumpliendo una Ley. En la mayoría de casos, este problema se soluciona con una conversación entre los dueños de ambos vehículos, pero, sin embargo, existen casos donde el invasor no muestra ningún tipo de respeto y hace oídos sordos a las peticiones de la otra persona en cuestión. ¿Qué podemos hacer al respecto?
¿Qué dice la Ley?
Pues bien, el dueño de la plaza de garaje puede hacer lo que considere dentro de los límites de su zona. Según los artículos 7,1 y 7,2 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), "el propietario puede llevar a cabo modificaciones en elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios, siempre que no interfiera ni perjudique a la estructura exterior".
Además, informa que el dueño "podrá usar su espacio como estime oportuno, siempre que no desarrolle actividades que resulten dañinas para la finca que contravengan disposiciones generales sobre actividades molestas, nocivas o peligrosas".
¿Qué podemos instalar en la plaza de aparcamiento?
El propietario de la plaza en cuestión podrá realizar cualquier tipo de modificación: desde colocar cintas que limiten el espacio hasta la instalación de barreras (cepos, guarda plazas o bolardos) para evitar que les invadan su propiedad privada, siempre y cuando cumplan con las condiciones legales y la Ley de Propiedad Horizontal.
El producto 'rey' en Amazon
En Amazon, por ejemplo, existe un artículo de bloqueo que podrás adquirir por tan solo 36,75 euros. Sus características son las siguientes: está fabricado de acero arenado; es de color amarillo con cinta de PVC y correas negras; cuenta con 600 mm de altura y una caja cuadrada de 50x50m, además de tener un grosor de 1,9 mm y su base es de 110 x 130 mm y 10 mm de grosor.
Por otro lado, es importante tener en cuenta que este producto deberá estar instalado dentro de los límites de la plaza y, bajo ningún concepto, puede invadir las zonas comunes o impedir el acceso en otras plazas de aparcamiento.
En condiciones normales, no habría que pedir permiso para instalarlo. Sin embargo, es recomendable informar al presidente o al administrador y, además, consultar los estatutos de la Comunidad para evitar malentendidos e incumplir la Ley.
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