Un error del Ministerio de Igualdad abre la puerta del despido a quienes pidan una reducción de jornada o la disfruten en este momento. La llamada ley de Paridad, que entra en vigor este jueves, contiene un fallo de redacción que elimina la protección de los trabajadores que hayan ajustado su horario laboral o se acojan al permiso de cinco días para el cuidado de un familiar por enfermedad, eliminando el blindaje de despido nulo para esos supuestos. La norma fue aprobada el pasado 2 de agosto, pero esta laguna legal no tendrá efecto hasta ahora, tras su publicación en el BOE.
El fallo, que obedece a varios cambios en distintas leyes, se encuentra en la disposición final novena de la Ley Orgánica de Representación Paritaria y Presencia Equilibrada de Mujeres y Hombres, en la que se modifica el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores. En concreto, el referido a los despidos nulos. Así, afecta a los trabajadores que se acojan al nuevo permiso para el cuidado de un familiar tras accidente, enfermedad grave u hospitalización y la adaptación de la jornada.
El embrollo es notable. El origen, informa El País, está en la conocida como ley Trans, que no recogía que los despidos de las personas que hayan sido víctimas de violencia sexual deben considerarse nulos, y en la modificación abordada por el Ministerio de Trabajo en el Estatuto de los Trabajadores, de junio de 2023, para ampliar la protección de quienes pidan o disfruten de una adaptación del horario laboral.
El problema es que la reducción de jornada quedaba protegida en el Estatuto de los Trabajadores, pero no las víctimas de violencia sexual. El Ministerio de Igualdad, que dirige la socialista Ana Redondo, trató de corregir estas lagunas en la ley de Paridad, aunque lo hizo mal. Para incluir los primeros supuestos y calificarlos como nulos, redactaron la nueva norma con la ley Trans como base, utilizando el párrafo que no había sido actualizado con la modificación del Estatuto y que recogía el cambio sobre los ajustes del horario. Por tanto, una vez entre en vigor el texto este jueves, la puerta del despido queda abierto en esos casos.
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M. Lema
El Real Decreto Ley 5/2023 blindaba a los trabajadores que solicitaran el permiso de "cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella".
Los ministerios implicados no han dado una fecha para subsanar el error. La titular de Igualdad, Ana Redondo, ya reconoció el fallo hace una semana, calificándolo de "error técnico". "Se ha producido contra la voluntad de todos los que han participado en esa ley, desde el Ministerio hasta la última parlamentaria", declaró durante un acto en Castilla y León, sin especificar un calendario aproximado. "Espero que en breve tengamos solucionado el problema, que es un problema técnico lamentable, que, desde luego, no se ha previsto en ningún caso y que no responde a la voluntad política", añadió.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social, que dirige Yolanda Díaz, mantiene el mismo discurso y tampoco aventura ninguna fecha. "Se subsanará en cuanto el calendario legislativo lo permita", señalan desde el departamento, según recoge Europa Pess. No es la primera vez que Igualdad protagoniza una polémica de calado, tras las excarcelaciones de violadores y pederastas por la ley del sí es sí. Pese al cambio de titularidad en el ministerio, ahora en manos del PSOE, los problemas continúan.
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