¿Qué personas están exentas de pagar las medicinas en España?


         ¿Qué personas están exentas de pagar las medicinas en España?

Existen diferentes colectivos que están exentos de pagar por los medicamentos, una medida de la que en España se benefician casi 6 millones de personas.

El copago farmacéutico es un porcentaje de pago que cada paciente debe abonar para poder adquirir un medicamento o algún otro producto sanitario con receta médica, una aportación que se sitúa entre el 10% y el 60% en función del tipo de usuario, si bien existen algunos colectivos que se encuentran exentos de pagar por estos medicamentos, como sucede con las personas en paro sin subsidio, con rentas de integración social, personas con discapacidad o quienes perciben pensiones no contributivas, entre otros.

Desde hace unos años se ha ampliado el grupo de personas que están exentas de pagar por sus medicamentos, de manera que actualmente casi 6 millones de personas disfrutan de esta medida en España.

Pueden disfrutar de dicha exención personas con discapacidad en los supuestos que contemple su normativa específica, los menores de 18 años con una discapacidad reconocida del 33% o más, los perceptores de rentas de integración social, los beneficiarios del ingreso mínimo vital y las personas que perciben pensiones no contributivas. También están exentos de pago quienes perciben una prestación económica de la Seguridad Social por tener un hijo o menor a cargo como acogimiento familiar permanente, o guarda con fines de adopción.

A estos colectivos exentos de copago farmacéutico hay que sumar a aquellas personas afectadas por el síndrome tóxico, parados que ya no tengan derecho a subsidio mientras subsista esta situación, o quienes reciben tratamientos a causa de una enfermedad profesional o accidente de trabajo. De igual modo, esta medida también se aplica sobre pensionistas con rentas inferiores a los 5.365 euros y aquellos no obligados a presentar la declaración de la Renta.

Por otro lado, conviene recalcar que, aunque la competencia de Sanidad recae sobre cada comunidad autónoma, esta medida está incluida en los Presupuestos Generales del Estado, motivo por el cual la exención del copago farmacéutico se aplica en todo el territorio nacional.

Topes de aportación

Una vez conocidos los colectivos que están exentos de pagar los medicamentos, es necesario conocer el porcentaje de aportaciones y sus correspondientes topes de aportación.

En el caso de los pensionistas, quienes tengan rentas anuales inferiores a los 100.000 euros, tendrán que aportar el 10%, con un límite máximo mensual de 8,23 euros para rentas por debajo de los 18.000 euros y de 18,52 euros para rentas de entre 18.000 y 100.000 euros. Por su parte, quienes tengan rentas superiores a 100.000 euros, deben aportar el 60% de los gastos farmacéuticos, con un tope de 61,75 euros al mes.

Los activos con rentas inferiores a 18.000 euros tienen que aportar el 40% de cada medicamento, mientras que quienes perciban rentas de entre 18.000 y 100.000 euros, tendrán que abonar el 50%, y quienes tengan rentas iguales o superiores a los 100.000 euros, un 60% del gasto en el medicamento, en los tres casos, sin que exista un tope de gasto determinado.

Por último, los mutualistas y clases pasivas (ISFAS, MUGEJU, MUFACE), deben aportar el 30% del coste del medicamento por envase, sin que haya un tope máximo fijado.

La medida de la exención del copago farmacéutico refleja el compromiso social, si bien es necesario que tenga lugar una adecuada gestión de los recursos para que, dentro de un contexto económico cambiante, sea posible mantener e incluso expandir en mayor medida estas exenciones en el futuro. La exención del pago en medicamentos para pensionistas, también muestra el compromiso sostenido para el cuidado de los ciudadanos mayores, de forma que se pueda garantizar su bienestar y acceso a tratamientos esenciales para su salud.

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