El futuro del juez Peinado tras las querellas de Sánchez y su esposa: podría acabar apartado


         El futuro del juez Peinado tras las querellas de Sánchez y su esposa: podría acabar apartado

En cosa de tres días, el juez de Madrid Juan Carlos Peinado es objeto de dos querellas por su proceder en la investigación a Begoña Gómez por posibles delitos...

En cosa de tres días, el juez de Madrid Juan Carlos Peinado es objeto de dos querellas por su proceder en la investigación a Begoña Gómez por posibles delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios. Y las dos provienen de Gómez y su marido, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Pero a diferencia de la del jefe del Ejecutivo, que no impediría al magistrado seguir dirigiendo el procedimiento penal, la de su esposa sí que podría terminar con el instructor apartado de la causa. Eso sí, para que eso ocurriese, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tendría que abrir diligencias.

Las dos querellas han sido presentadas ante el TSJM por ser el órgano judicial ante el que está aforado Peinado y el tribunal aún debe decidir si las admite a trámite, esto es, si abre una investigación contra el magistrado como piden Sánchez y Gómez. El presidente acusa al juez de prevaricación por tomarle declaración como testigo en el Palacio de la Moncloa y no permitirle hacerlo por escrito, como la ley establece para determinadas autoridades del Estado. La esposa del jefe del Ejecutivo quiere que se investigue al juez por prevaricación en su instrucción judicial y por revelación de secretos durante los meses en que la causa contra ella estaba bajo secreto.

La diferencia entre una y otra querella, más allá del contenido, es el titular que la firma. La de Sánchez proviene de un testigo en la causa de Gómez, mientras que esta es una de las personas imputadas. Y ahí reside el motivo por el que el escrito de la mujer del presidente podría tener mayores consecuencias que afecten directamente a las diligencias judiciales abiertas en su contra.

El artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) establece las causas de abstención o recusación de un juez o magistrado. La número 4 establece "estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta, siempre que la denuncia o acusación hubieran dado lugar a la incoación de procedimiento penal y éste no hubiera terminado por sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento".

Ahora bien, no es suficiente la presentación de una querella para apartar a un juez, ni mucho menos. Eso haría muy fácil para muchos investigados pervertir y entorpecer cualquier proceso. Primero hace falta que el tribunal determine que hay razones para abrir un procedimiento penal a ese magistrado, momento en el que Gómez podría recusar a Peinado.

El hecho de que el juez se aparte no quiere decir que una causa se cierre. La causa en la que se investiga la actividad profesional de Begoña Gómez seguiría en el mismo juzgado del que es titular Peinado, el número 41 de Madrid, si bien el instructor de las actuaciones sería el magistrado que habitualmente le sustituye en los juzgados de Plaza de Castilla, según explican fuentes jurídicas. En este caso, la providencia que rechazó que Sánchez declarara por escrito y no en Moncloa la firmaba Carlos del Valle, que es quien habitualmente suple a Peinado en vacaciones y otros permisos.

La querella de Gómez, que se hizo pública el viernes, acusa al magistrado de delitos de revelación de secretos por funcionario público y revelación de actuaciones procesales declaradas secretas. Firmada por el abogado de la imputada, Antonio Camacho, considera que Peinado está haciendo una "instrucción inusual, errática, perversa y prospectiva" y de revelar información de la causa estando bajo secreto. También le reprocha someter a Gómez a la "pena de banquillo", iniciar una "cruzada personal" contra ella y causar un "evidente daño" a su entorno, "especialmente al presidente del Gobierno".

La querella de Sánchez, firmada por la Abogacía del Estado, se centra en la decisión del instructor de tomarle declaración como testigo de forma presencial y en la Moncloa, en lugar de por escrito. El presidente alegaba que la ley le permite declarar por escrito por ser autoridad del Estado y que los hechos por los que se investiga a su mujer solo están en la lupa del juez por su condición de presidente. Es más, apuntaba que no... {getToc} $title={Tabla de Contenidos}

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