La Agencia Tributaria permite consultar en su sede electrónica el estado de tramitación del borrador de la Renta.
El pasado 1 de julio finalizó el plazo para hacer la declaración de la Renta: aquellos contribuyentes que apurasen las fechas para confeccionar el borrador recibirán próximamente la devolución de Hacienda en el caso de que el resultado de su declaración haya sido negativo.
Mientras que algunos contribuyentes ya habrán recibido el pago, otros podrían tardar algunas semanas más para ver en sus cuentas la devolución de ese dinero. Esto no significa que algo vaya mal en la tramitación de la declaración ni nada por el estilo, ya que Hacienda maneja plazos límite para devolver el dinero que corresponda a los contribuyentes.
El plazo de Hacienda para devolverte la Renta
Según informa la Agencia Tributaria, el ente público dispone de hasta seis meses, "desde el término del plazo de presentación de las declaraciones, o desde la fecha de la presentación, si la declaración fue presentada fuera de plazo", para liquidar la devolución con el contribuyente.
En caso de que Hacienda devuelva el resultado pasados estos seis meses, el contribuyente recibirá junto a su resultado de la declaración unos intereses de demora, que no será necesario reclamar.
Cómo consultar el estado de tu devolución
Para consultar el estado de una devolución, es necesario acudir a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y consultar la sección 'Mis expedientes', a la que se accede aportando Cl@ve, certificado electrónico o DNIe. Una vez allí, se puede consultar el estado de tramitación de cada expediente:
- Su declaración se está tramitando.
- Su declaración está siendo comprobada.
- La declaración con el importe indicado no ha sido grabada o está en proceso. Compruebe el importe.
- Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria.
- Su devolución ha sido emitida (citando la fecha en la que se ha producido ese pago.
Si se ha llegado a la última etapa y el estado de tramitación explica que la devolución se ha enviado y, por lo tanto, el pago debería constar en un máximo de 10 días. Si después de esos días no se ha recibido el importe, lo recomendable es acudir y reclamar en una administración de la Agencia Tributaria.
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