La Fiscalía pide al Supremo amnistiar a Puigdemont y retirar la orden de detención

La Fiscalía pide al Supremo amnistiar a Puigdemont y retirar la orden de detención

La Fiscalía ha remitido este miércoles al Tribunal Supremo los informes en los que pide amnistiar a Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y el resto de líderes del procés. En el caso del expresident, solicita también que el magistrado Pablo Llarena retire la orden de detención contra él y que la magistrada Susana Polo archive la causa de Tsunami en la que se le investiga por posibles delitos de terrorismo.

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, impuso su criterio durante la Junta de fiscales de Sala de este martes y apartó a los cuatro que se negaban a acatar sus órdenes. En su lugar, la teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez-Conde, y el fiscal jefe de lo penal de este tribunal, Joaquín Sánchez-Covisa, se hicieron cargo de las causas y ahora piden la amnistía total para los líderes independentistas.

La decisión final queda en manos de los magistrados Pablo Llarena —que instruye la causa contra Puigdemont del procés—, de Susana Polo —que lleva las riendas de la de Tsunami— y de la Sala de lo Penal —de la que depende Junqueras y el resto de condenados—.

El debate de la malversación

Tanto García Ortiz como los fiscales del procés coincidían en un aspecto: los delitos de desobediencia y desórdenes públicos sí son amnistiables. El debate se centraba en el de la malversación agravada y, en concreto, en si se produjo "un beneficio patrimonial para los autores" y en si sus actos afectaron "a los intereses financieros de la Unión Europea".

EFE

Al responder de manera afirmativa a las dos cuestiones, los fiscales del procés consideraron que la malversación no resultaba amnistiable, lo que en la práctica implica seguir persiguiendo a Puigdemont y mantener inhabilitado a Junqueras. "La malversación de caudales públicos supuso un beneficio patrimonial para los autores, pues destinaron los mismos a la elaboración, desarrollo y concreción de su ilegal proyecto que les produjo un indudable beneficio patrimonial", argumentaban.

García Ortiz rebatió ese criterio y ahora Sánchez-Conde y Sánchez-Covisa recogen sus argumentos en los informes que han remitido al Supremo. Según advierten, los cuatro fiscales del procés confundían el ánimo de lucro con el enriquecimiento personal: "Siempre que el responsable del delito se hubiera limitado a desviar fondos públicos con la única finalidad de financiar, sufragar o facilitar la convocatoria y/o celebración de las consultas del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017, dicha conducta deba ser considerada comprendida [en la amnistía]".

Pablo Gabilondo

En cuanto a la posibilidad de que sus actos afectaran a los intereses financieros de la UE, también lo descartan: "En materia de gastos, a pesar de la exhaustiva fiscalización de los relacionados con la celebración de la consulta de 1 de octubre de 2017, no consta que fueran empleados fondos europeos".

Además de Puigdemont y Junqueras, la Fiscalía pide amnistiar a los exconsellers procesados en rebeldía Toni Comín, Lluís Puig y Clara Ponsatí, así como a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y a los ya condenados Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.

También pide amnistiar el terrorismo

Sánchez-Conde también representa a la Fiscalía en la causa de Tsunami, en la que el Supremo investiga a Puigdemont por terrorismo. Ella ha defendido durante los últimos meses que no existen indicios suficientes contra él y el informe presentado este miércoles pide que se le aplique la amnistía.

Carlos Rocha

Según afirma, resulta indiscutible que los investigados por las protestas de Tsunami no causaron de "forma intencionada" una "grave violación de los derechos humanos (...) del Convenio Europeo de Derechos Humanos y en el derecho internacional humanitario, esto es, muerte, torturas, incluso esclavitud". También insiste en que es "claro" que a ninguno de los encausados "se les imputa haber causado muerte".

Esta advertencia no es casual, pues la propia ley de amnistía deja fuera esta clase de actos. En concreto, en su artículo 2, que apunta a aquellos actos de terrorismo que hayan consistido en "graves violaciones de derechos humanos". Sánchez-Conde subraya que el auto con el que el Supremo abrió la causa contra Puigdemont sostiene que la finalidad de Tsunami se limitó a la "subversión del orden constitucional y la desestabilización grave" de las instituciones democráticas.

"De ello fluye que los hechos objeto de investigación en la presente causa se encuentran dentro del ámbito objetivo contemplado en el artículo 1 de la ley (...), sin que les afecten las exclusiones establecidas en su artículo 2", concluye su informe.



{getToc} $title={Tabla de Contenidos}

Publicar un comentario

Artículo Anterior Artículo Siguiente

Formulario de contacto