España, ¿ante una posible cuestión de confianza o elecciones generales? Calendario de posibles fechas

España, ¿ante una posible cuestión de confianza o elecciones generales? Calendario de posibles fechas

Pedro Sánchez | Última hora tras su carta y reacción de Feijóo, en directoLa condición que impide a Pedro Sánchez convocar el lunes elecciones generales en España

La reciente declaración del presidente del Gobierno de España, anunciando su necesidad de "parar y reflexionar", ha desencadenado una serie de interrogantes sobre los posibles escenarios políticos y legales. Esta decisión, plasmada en una carta a la ciudadanía y difundida a través de sus redes sociales, ha suscitado dudas en torno a la estabilidad gubernamental y los procedimientos constitucionales vigentes.

Desde el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, se ha hecho énfasis en la importancia de comprender las limitaciones y requisitos que la Constitución Española impone en estos casos. Según el artículo 115.3 de la Carta Magna, el presidente no puede disolver las Cámaras ni convocar elecciones hasta que no transcurra un año desde la última disolución. Esta restricción coloca al país en una encrucijada política, donde las opciones de acción directa son limitadas.

Jorge García González

En caso de que Pedro Sánchez opte por dimitir, se activaría el artículo 101.1 de la Constitución, que estipula el cese del Gobierno en su totalidad, y el establecimiento de un Gobierno en funciones hasta la elección de un nuevo mandatario. Esta situación requeriría que el Rey convoque a los grupos políticos para proponer un candidato a la presidencia, quien deberá obtener la confianza del Congreso para su investidura.

Si no se logra elegir a un nuevo presidente del Gobierno en un plazo de dos meses tras la primera votación de investidura, las Cámaras se disolverían automáticamente, convocando así a elecciones generales. Durante este periodo de transición, el Gobierno en funciones retiene ciertas restricciones operativas, como la incapacidad de disolver las Cámaras por sí mismo.

Posibles fechas de unas nuevas elecciones

Si el presidente opta por el procedimiento de la cuestión de confianza, este establece un plazo específico antes de que la votación pueda llevarse a cabo en el Congreso. Una vez que se ha presentado la propuesta de confianza y ha sido admitida a trámite, se requiere que transcurran al menos veinticuatro horas antes de que la votación pueda ser realizada. Este periodo de tiempo tiene la finalidad de permitir a los diputados evaluar la propuesta y preparar sus posiciones, garantizando así un proceso deliberativo adecuado.

Si su decisión fuera dimitir, la convocatoria a nuevas elecciones debería situarse entre el día 54 y el día 60 después de su anuncio, que no podría ser antes del 29 de mayo, debido a que fue en esa fecha cuando se anunciaron los anteriores comicios y se disolvieron las Cortes. Conforme estipula la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, esto implica que, como mínimo, deben transcurrir 54 días desde la disolución de las Cortes hasta el momento de celebrar los comicios. Teniendo en cuenta que en España las elecciones se realizan siempre en domingo, la fecha que satisfaría estos criterios sería a finales de julio de 2024.

Pausa presidencial sin precedentes legales

La peculiar decisión del presidente de tomarse un tiempo para reflexionar introduce una novedad que no se encuentra respaldada ni en la Constitución ni en la ley vigente, según informa el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. La Ley 50/1997, que regula la actividad gubernamental, únicamente contempla la "ausencia" o "enfermedad" como causas justificadas para la interrupción temporal de las funciones presidenciales, dejando a interpretación jurídica la actual situación.

Esta circunstancia plantea un desafío interpretativo importante, ya que no se considera una ausencia en los términos habituales que la legislación reconoce. Además, aclaran que esta situación no afecta los procesos electorales europeos, los cuales están regulados exclusivamente por la Unión Europea y sus fechas y procedimientos son independientes de la política interna española.



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