García-Castellón sitúa a Puigdemont como impulsor de Tsunami y prorroga seis meses la investigación

García-Castellón sitúa a Puigdemont como impulsor de Tsunami y prorroga seis meses la investigación

El magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha acordado prorrogar la investigación sobre Tsunami Democràtic otros seis meses. El juez asegura que una de las líneas de investigación consistirá en determinar si Carles Puigdemont no solo dirigió los actos que atribuye al movimiento —como ya ha indicado en anteriores resoluciones—, sino si impulsó su creación junto a Òmnium Cultural. García-Castellón le atribuye al expresidente catalán posibles delitos de terrorismo por estos hechos.

El juez ha dictado el nuevo auto a 24 horas de que el Congreso apruebe la ley de amnistía. Según afirma en el mismo, del resultado de las investigaciones practicadas se infiere indiciariamente que Tsunami "fue una organización estructurada, jerarquizada y con vocación de permanencia", dirigida por varias personas con roles diversos que extendían su ámbito de actuación en parcelas determinadas y con otras personas a su cargo, cuya finalidad esencial era subvertir el orden constitucional, desestabilizar al Estado y alterar gravemente el orden público mediante la movilización social masiva.

García-Castellón apunta a que su gestación se venía planificando "desde tiempo atrás" y que su lanzamiento final tuvo lugar el 28 de agosto de 2019 como respuesta a la sentencia del procés. También destaca que en las conversaciones intervenidas se hace referencia a que Òmnium informaría "directamente al presidente Puigdemont, pudiendo considerar, en base a la información facilitada por la Guardia Civil, que tanto esta fundación como el propio Puigdemont podrían haber participado en la aparición de la organización, extremos que deberán esclarecerse en la investigación".

García-Castellón señala que Tsunami fue fruto de una planificación "efectuada por diferentes personas para la ejecución de acciones de gran envergadura, con vocación de permanencia, capaces de movilizar una masa de personas de modo que comprometieran la estabilidad económica, social, empresarial e institucional de España".

Pablo Gabilondo

Para justificar la prórroga, el juez explica que la investigación ha resultado compleja y ha requerido actuaciones fuera del territorio nacional, con la emisión de comisiones rogatorias y órdenes europeas de investigación a Estados Unidos, Suiza, Canadá y Países Bajos. Según recuerda, algunas peticiones de auxilio internacional siguen pendientes, como la que se envió a Francia para recabar la declaración de los familiares del fallecido en el aeropuerto de Barcelona de un infarto durante las protestas, así como otra solicitud a Suiza para esclarecer la financiación de la organización.

Afianzar los delitos de terrorismo

En el caso concreto de Puigdemont, la decisión final dependerá del Tribunal Supremo. Al gozar de aforamiento como eurodiputado, solo este tribunal tiene competencia para abrir una causa contra él. García-Castellón ya pidió al Supremo que diera este paso en noviembre y, en el auto notificado este lunes, insiste una vez más en los indicios que le conectan con las protestas de Tsunami. Por el momento, la Sala de lo Penal del Supremo ya ha pedido a la Fiscalía que se pronuncie sobre esta posibilidad.

Beatriz Parera

En cuanto a los delitos de terrorismo, el magistrado justifica los mismos "conforme a lo dispuesto en la Directiva 2017/541 del Parlamento Europeo". La referencia a esta directiva choca con la enmienda que el PSOE, Junts per Catalunya y ERC pactaron la pasada semana para modificar la ley de amnistía. El cambio se centra en los delitos de terrorismo y deja fuera del perdón aquellos que, "de forma manifiesta y con intención directa", causaran "violaciones graves de derechos humanos". Para tratar de explicar en qué consisten esas "violaciones graves", la enmienda apunta a "la comisión de alguna de las conductas comprendidas en la directiva (UE) 2017/541".

García-Castellón menciona en su auto el convenio internacional para la represión de la financiación del terrorismo, firmado en Nueva York en 1993, y el convenio para la represión de actos ilícitos dirigidos contra la seguridad de la aviación civil, firmado en Montreal en 1971. "Los tratados internacionales ratificados por España y por la Unión Europea (…) forman parte de nuestro ordenamiento interno, por lo que deben servir de guía de interpretación primaria a la hora de calificar el delito de terrorismo", advierte.



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