El jurado popular del juicio contra dos de los agentes de la Policía Nacional que accedieron con un ariete en un piso de la calle Lagasca en 2021 ha eximido por unanimidad de responsabilidad penal a los policías al considerar que no incurrieron en un delito de allanamiento de morada al entrar a la fuerza al inmueble ante un delito flagrante.
En una lectura pública, el tribunal de jurado ha hecho público esta tarde el veredicto de inocencia, con lo que el tribunal dictará una sentencia absolutoria de los dos agentes, entre ellos el subinspector que estuvo al mando del operativo policial.
De este modo, se respalda el uso de un ariete por parte de los agentes para entrar a la fuerza en el piso en el que catorce personas la madrugada del 21 de marzo de 2021 celebraban una fiesta ilegal en plena pandemia, infringiendo la normativa covid que impedía entonces las reuniones en viviendas.
El abogado Juan Gonzalo Ospina ha anunciado a Europa Press que recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) esta decisión al estar en contra.
Los miembros del jurado consideran que los agentes actuaron bajo la creencia de que los asistentes a la fiesta estaban cometiendo un delito flagrante por desobediencia grave a la autoridad al negarse hasta en 28 ocasiones a abrir la puerta para identificarse.
La vista oral arrancó con seis policías en el banquillo a instancias de la acusación particular, que ejerce el letrado Juan Gonzalo Ospina en representación del inquilino de la vivienda. La fiscal les imputaba inicialmente un delito de allanamiento de morada en su modalidad de error de tipo vendible, por lo que solicitaba su absolución.
Visionado de las imágenes
El visionado de las grabaciones llevó la semana pasada a la acusación particular a retirar la imputación a cuatro de los agentes, al igual que a la fiscal que eximió a los seis. Tras este cambio penal, estos policías se levantaron del banquillo y quedarán libres de responsabilidad penal.
La acusación mantuvo la imputación al subinspector al mando y a otro subordinado por un delito de allanamiento de morada, por el que pedía dos años y seis meses de cárcel y seis años de inhabilitación. De forma alternativa, pidió un año y tres meses de cárcel por un error vencible de tipo. Las grabaciones de las cámaras que llevaban dos de los agentes incrustadas en los chalecos han sido la principal prueba para exonerar a los acusados. El abogado de la acusación particular intentó si éxito invalidar las imágenes al estar grabadas con cámaras no oficiales.
Los vídeos mostraban cómo durante media hora, en la que trataron de forzar la cerradura, avisaron de que iban a tirar a la fuerza la puerta ante la vulneración de varios infracciones de la ley de seguridad ciudadana, al estar incumpliendo la normativa covid y ante la existencia de un delito flagrante.
Enfrentamiento de los jóvenes
Los jóvenes se enfrentaron verbalmente y de malos modos a los agentes y una de ellas incluso, ya esposada y reducida tras forcejear con un policía, espetó: "¡No saben dónde coño se han metido éstos!". Esta joven, que pidió perdón en el juicio, solicitó al juez un 'habeas corpus' que le fue denegado al rechazar que se hubiera producido entonces una detención ilegal.
En su turno a la última palabra, el jefe del operativo criticó que el abogado que defiende al inquilino "confundiera la inviolabilidad domiciliaria con la impunidad domiciliaria". Además, declaró que si le consideraban culpable de allanamiento de morada no quería ser policía. "Si me creen culpable, si no voy a poder usar las herramientas legales que hay por miedo, para eso no quiero ser policía, porque soy policía para defender a los ciudadanos", manifestó. Su compañero y también acusado mostró igualmente su indignación por estar en el banquillo de los acusados por hacer "solo su trabajo" cumpliendo la legalidad, lo que hizo "antes, durante y después de la pandemia".
Antes de concluir su intervención, el agente se preguntó si "las leyes son iguales para todos" y ha planteado si "la desobediencia reiterada a la autoridad es diferente en los barrios de Salamanca y Carabanchel".