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Llevar un objeto aparentemente inofensivo en la cartera podría salir muy caro. Un simple accesorio con forma de tarjeta puede suponer una multa de hasta 30.000 euros, al estar considerado como un arma blanca camuflada. Aunque a simple vista no parezca peligroso, este artículo está expresamente prohibido por la normativa vigente y su sola posesión ya constituye una infracción grave.
La Guardia Civil así lo ha advertido en sus redes sociales. "Este objeto tiene apariencia de tarjeta pero como veis lleva oculto una hoja en su interior, lo cual lo convierte en un arma blanca. Por el simple hecho de estar oculta es un arma prohibida", alerta el agente en un vídeo compartido en TikTok.

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El ConfidencialLos agentes insisten en que llevar esta tarjeta "es un arma prohibida al ser especialmente peligrosa". "No puede usarse como autodefensa y llevarlo te puede costar hasta 30.000 euros", explican. Portar este objeto camuflado puede acarrear una sanción administrativa. Los agentes recuerdan que no está permitido su uso con fines de autodefensa, ni siquiera su posesión, ya que la ley contempla sanciones importantes por el mero hecho de llevarlo encima.
Este objeto, cuya forma se asemeja a una tarjeta bancaria, oculta una hoja metálica que lo transforma en una navaja plegable. Precisamente, el camuflaje que permite ocultarla con facilidad es lo que hace que esté incluida en la categoría de armas prohibidas, según recoge la legislación española.
Multas por tenencia de armas prohibidas
Conforme al artículo 36.10 de la Ley de Seguridad Ciudadana, se considera infracción grave “portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso, aún cuando en este último caso se tuviera licencia, siempre que dichas conductas no constituyan infracción penal”.
El Reglamento de Armas, aprobado mediante el Real Decreto 137/1993, establece en su artículo 4 un listado específico de objetos cuya fabricación, tenencia, comercialización o publicidad está totalmente prohibida. Entre ellos se incluyen armas de fuego ocultas en bastones, armas blancas con diseño camuflado, puñales de hoja inferior a 11 centímetros con doble filo, navajas automáticas, defensas de plomo, llaves de pugilato y cualquier otro instrumento que represente un peligro evidente para la integridad física de las personas.
@guardiacivil ❌ No puedes llevar esta "tarjeta" en tu cartera. Es un arma prohibida ⛔️ al ser especialmente peligrosa. No puede usarse como autodefensa y llevarlo te puede costar hasta 30.000€ ‼️ #guardiacivil #seguridad ♬ sonido original - Guardia Civil
También está vetada la posesión de navajas cuya hoja supere los 11 centímetros, salvo que su uso se limite exclusivamente a actividades de coleccionismo y se mantengan dentro del ámbito doméstico. En estos casos, será necesario cumplir con una serie de condiciones, como la inspección del lugar por parte de la Guardia Civil y la comunicación formal de apertura o traslado de la colección.
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