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La ley trans lanzada en la etapa de Irene Montero al frente del Ministerio de Igualdad ha salido herida de muerte del primer estudio realizado por el Tribunal Constitucional. Cuestiones nucleares de la norma se consideran inconstitucionales o matizables por una clara mayoría de los magistrados, informan a El Confidencial fuentes jurídicas. Así las cosas la ley queda pendiendo de un hilo hasta que la discusión finalice y, sobre todo, hasta que se redacte una sentencia definitiva. En una patada hacia delante, el fallo final se aplaza por tiempo indefinido.
La ruptura de la unidad habitual de la mayoría progresista ya constituyó un primer indicio. A la vista de la opinión ofrecida a lo largo de dos días de deliberación por los integrantes del TC, el primer efecto será, no obstante, echar el freno. Tras la primera deliberación, la ponencia que presentó el magistrado Juan Carlos Campo -favorable a la ley- se ha retirado para estudio. No hay concreción sobre los plazos y la decisión final se meterá en el congelador.
Las dudas están, principalmente, en dos aspectos de la norma: la realización de prácticas de modificación genital en menores de entre 12 y 16 años y menores de 12 y los cambios de sexo en el Registro Civil a partir de los 16. El bloque casi indestructible de la izquierda se rompió primero por el desacuerdo de las magistradas María Luisa Balaguer e Inmaculada Montalbán a las que se han ido sumando otros magistrados. Muchos consideran que la modificación en niños solo es admisible por motivos médicos y ponen el acento en la inseguridad jurídica que supone el cambio de sexo registral.
En el otro extremo se encuentra la propuesta de Campo que ve constitucionales ambas cuestiones y que solo objeta en el caso de los menores de 12 años en los que ve necesario que exista un criterio médico que argumente que está en riesgo la integridad física o la vida del niño. En ese grupo minoritario se incluye también el magistrado Ramón Sáez, que considera que la ley es conforme a la Carta Magna en toda su extensión.
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Beatriz PareraEl sector conservador rechaza de plano la constitucionalidad de los dos preceptos y apoya estimar en su totalidad en el recurso que presentó el PP. Concuerda así, en lo sustancial, con la opinión de las magistradas progresistas y ve posible un acercamiento. Según las fuentes consultadas, el presidente Cándido Conde-Pumpido no ha dado su opinión respecto al ajuste a la Constitución de la norma.
La ponenciaLa ponencia que Campo ha tenido que retirar respaldaba casi por completo la ley con las salvedades mencionadas. Respecto a las prácticas de modificación genital en menores a partir de los 12 años, la ponencia de Campo reprochaba al PP, que lidera el recurso, una argumentación confusa "en relación con las problemáticas que afrontan las personas trans y las personas intersexuales" y recordaba que "el legislador parte de la premisa de que esas personas pueden contar, dada su edad, con la madurez de juicio suficientemente para consentir de forma libre e informada una actuación que no sólo afecta a su integridad personal, sino también a la construcción de su identidad sexual". También defendía que "el legislador ha previsto mecanismos de garantía de los derechos de las personas intersexuales de entre doce y dieciséis años que son suficientes para preservar la efectividad de sus derechos".
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C. Rocha. SevillaEn lo que afecta al cambio registral, el borrador aseguraba que la jurisprudencia "impone al legislador la obligación positiva de articular un procedimiento que permita la rectificación registral de la mención del sexo de las personas a fin de preservar el derecho fundamental a la intimidad de las personas trans, así como su dignidad y su libertad para desarrollar su personalidad en relación con un aspecto crucial para la construcción de su identidad, el sexo".
La opinión mayoritaria es contraria, sin embargo, y esa ponencia nunca verá la luz. Se abre ahora un periodo de incertidumbre en el que, pese a los criterios lanzados en esta deliberación, no habrá decisiones y la ley, por tanto, seguirá en vigor. Nadie sabe especificar hasta cuándo. Existen precedentes como el de la ley del aborto, en el que el fallo definitivo se alargó más de una década. De momento, la ley se tambalea.