Los argumentos de la justicia catalana para absolver a Alves: hablan de una "testigo no fiable"


         Los argumentos de la justicia catalana para absolver a Alves: hablan de una "testigo no fiable"

La Sección de Apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha revocado por unanimidad la sentencia que condenó al exjugador del FC Barcelona,...

La Sección de Apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha revocado por unanimidad la sentencia que condenó al exjugador del FC Barcelona, Dani Alves, a 4 años y 6 meses de prisión por la agresión sexual a una joven en la discoteca Sutton en diciembre de 2022.

La sentencia, que ha sido notificada este viernes, señala una falta de fiabilidad en el testimonio de la denunciante y precisa que antes "las insuficiencias probatorias" acuerda la revocación de la sentencica, una resolución absolutoria y dejar sin efecto las medidas cautelares adoptadas.

La conclusión literal de la decisión es la siguiente: "Lo determinante es que, por las razones que hemos explicado en la resolución, las insuficiencias probatorias que se han expresado conducen a la conclusión de que no se ha superado el estándar que exige la presunción de inocencia, lo que ha de desplegar sus efectos conduciendo a la revocación de la sentencia de instancia y al dictado de un fallo absolutorio, dejando sin efecto las medidas cautelares adoptadas y acordando en consecuencia la devolución de las cantidades depositadas en los términos que diremos en la parte dispositiva".

"Entra en contradicción"

La sentencia continúa exponiendo sus argumentos: "Dejamos constancia de que la sentencia de instancia entra en contradicción, pues en el hecho probado parece que sitúa la acción de tirar al suelo a la denunciante y la herida en la rodilla con la penetración vaginal, y en los fundamentos, los vincula a la felación que no da por probada, desactivando la violencia para lograrla como mecanismo lesivo. Por tanto, en este punto es diferente lo que dice el hecho probado a la valoración de la prueba que hace y de la conclusión a la que llega (...) El relato es inconsistente porque esa herida de la rodilla pudo producirse en el pequeño espacio de muchas formas como admiten todos los forenses y profesionales médicos.

Otro de los párrafos explica que "la sentencia de instancia utiliza, en su análisis, el termino credibilidad como sinónimo de fiabilidad, y no lo es. Credibilidad responde a una creencia subjetiva, que no se puede contrastar, asociado a quien presta la declaración, la fiabilidad, en cambio, afecta a la declaración misma.

"Secuencia de la penetración vaginal"

En cuanto al relato de lo sucedido, la sentencia del TSJC asegura que "la alegación defensiva de que la prueba dactiloscópica arroja un resultado que permite establecer la conclusión de que la relación sexual se produjo en un modo no concordante a lo relatado por la denunciante, en base a que no hay vestigios en el lavamanos y las huellas que están en la cisterna se corresponden a la palma de su mano derecha sobre el lado izquierdo mirándola de frente permitiría establecer una coincidencia con la explicación del acusado en relación a la secuencia de la penetración vaginal".

El relato de la amiga y la prima

"La amiga y la prima: han sido totalmente inexactas sus declaraciones sobre el ambiente de incomodidad que había en el reservado, no se ajustan con lo que se aprecia en las cámaras que dan cuenta de los 20 minutos que permanecieron en el mismo hablando, bailando y tomando copas, ni se aviene con las negadas conversaciones entre ellas con la denunciante en los minutos posteriores a que" Dani Alves "al que siguió la denunciante a los dos minutos después de hablar con la amiga y la prima y de darles la copa que tenía en la mano, ni a la amistosa despedida de la prima de la denunciante y posteriores mensajes con el amigo de" Dani Alves.

La atención que recibe tras el suceso en la discoteca

"De la grabación de la cámara" del local se constata que un responsable del mismo "le dice que ella es la víctima, que no ha de sentirse culpable, le hace preguntas sobre los hechos sin que la denunciante concrete la agresión sexual y le cuenta, como indica la sentencia, que se besaron, que entró voluntariamente, y esto la angustia, porque si buscan pruebas no la creerán, y además muestra su preocupación de que no salga su nombre en la prensa, y que no quiere nada para que no quede como que quiere dinero".

"La amiga le dice que la creerán a ella, tal como están las cosas, y hablan de la ley del 'sí es sí', de que, si no hay sí, se presume no; todo para desarmar las reticencias de la mujer a denunciar, porque dice que entró por su pie, voluntariamente". El responsable del local "le propone activar protocolo para el hospital y que la vea el forense, a lo que finalmente accede".

En su balance final, la sentencia arguye que "la declaración de que hubo una penetración vaginal inconsentida está huérfana de corroboraciones periféricas, y que los elementos considerados no la acreditan, solo está su declaración".

"Déficit valorativos muy relevantes"

"Entendemos que la senten... {getToc} $title={Tabla de Contenidos}

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