La mayoría progresista del TC aparta a José María Macías de las deliberaciones sobre la amnistía


         La mayoría progresista del TC aparta a José María Macías de las deliberaciones sobre la amnistía

Considera que como vocal del CGPJ participó en un informe sobre la ley que genera dudas de su imparcialidad

La mayoría progresista del Tribunal Constitucional ha acordado este miércoles atender la petición del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, de apartar al magistrado José María Macías, del llamado sector conservador, de las deliberaciones sobre la ley de amnistía.

Según el auto del Pleno del tribunal, Macías participó en la elaboración y aprobación del informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), cuando era vocal de este órgano, sobre la citada ley. Por ello, estima que el ahora magistrado pudo "tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad" y así está previsto en las causas de recusación números 13 y 16 del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En concreto, la petición del fiscal general se registró en la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo al Constitucional contra la ley de amnistía. Los magistrados conservadores Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa han anunciado la formulación de voto particular contrario a la decisión de la mayoría.

La Fiscalía pidió apartar a Macías al considerar que cuando era vocal del CGPJ se pronunció hasta dos veces en textos con "valor institucional" sobre la ley de amnistía, lo que le contaminaría para participar ahora en las deliberaciones del Constitucional sobre la norma jurídica.

En concreto, el Ministerio Público hacía referencia a dos hechos: el acuerdo del 6 de noviembre de 2023, por el que se aprobó la declaración institucional del CGPJ ante el anuncio, por el presidente del Gobierno, de que se había alcanzado un pacto político para la presentación de la proposición de ley; y al acuerdo del 21 de marzo de 2024, por el que se aprobó el informe del CGPJ sobre la norma, a petición de la Mesa del Senado.

El Constitucional coincide con el criterio de la Fiscalía y opta por apartar al magistrado, basándose en la ponencia redactada por la magistrada progresista y vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán. Recuerda que uno de los informes del CGPJ se emitió a petición de la Mesa del Senado y se incorporó al proceso legislativo de la proposición de ley, sirviendo de soporte técnico al veto formulado por el PP y aprobado por mayoría de la Cámara Alta.

Y apunta, además, que existe identidad entre las cuestiones planteadas por el Supremo y las analizadas por el informe de legalidad en que participó el magistrado recusado; que tales cuestiones son objeto de un detallado y profundo análisis jurídico constitucional en el informe del CGPJ; y que existe una clara proximidad temporal entre la emisión del informe y el planteamiento de las dudas de constitucionalidad por el Supremo (cuatro meses) y la presentación del escrito de recusación por el fiscal general (seis meses).

Así las cosas, el tribunal concluye que todas estas circunstancias revelan objetivamente una toma de posición jurídica previa sobre el objeto del proceso constitucional que, con independencia de cuál sea su orientación, justifica la estimación de los motivos de recusación propuestos por el fiscal general del Estado.

Fuentes jurídicas consultadas por Ep señalan que aunque la recusación se refiere únicamente a la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo, la decisión adoptada se extenderá a las demás impugnaciones contra la amnistía. Para ello plantean varias vías: la más "fácil" —explican— sería que el propio Macías se abstuviera, si bien se estudian otras opciones como que se aplique directamente a las demás cuestiones y recursos de inconstitucionalidad contra la amnistía sin necesidad de que haya recusaciones de parte contra el magistrado conservador.

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