La amnistía pincha en sus inicios y solo llega a la cuarta parte de beneficiados potenciales

La amnistía pincha en sus inicios y solo llega a la cuarta parte de beneficiados potenciales

Ríos de tinta. Un pulso político de más de un año. Manifestaciones. La ley de amnistía ha centrado el debate durante la última etapa, pero, más allá del plano simbólico, sus efectos reales no han despegado. Al menos aún. Desde su entrada en vigor, el 11 de junio, y cuando han trascurrido dos meses, el perdón ha beneficiado a cerca de un centenar de personas, ni siquiera una cuarta parte. Casi la mitad son policías que estaban siendo investigados por las cargas del 1-O en colegios electorales de Barcelona.

La cifra se queda muy lejos de los cálculos efectuados por la Fiscalía y las entidades independentistas. Los datos recabados por la Fiscalía General del Estado sitúan el cálculo total en 486. Según informó el Ministerio Público, la ley afectaría "aproximadamente" a 82 procedimientos penales que se encuentran actualmente en tramitación. Dichas causas se reparten entre el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y juzgados y tribunales de Cataluña.

La ley marcaba plazos a estos tribunales. Desde su publicación en el BOE se establecía un plazo de aplicación de dos meses. Pese a ello, tanto fiscales como jueces interpretan que esas ocho semanas son flexibles y sirven para dibujar un marco de inicio del análisis y no tanto de resolución. Durante este plazo se ha visto, muy claro, la oposición de algunos tribunales al contenido de la norma. También la aplicación exacta de su redacción sin que, el literal, haya logrado beneficiar a quien se quería, como sucede en el caso de Carles Puigdemont.

Entre los primeros agraciados, además de los policías ya mencionados, se encuentran casos políticos, pero ninguno de especial relumbrón. Por ejemplo, quedó amnistiado el exconseller de Interior de la Generalitat, Miquel Buch; y el escolta del expresidente Carles Puigdemont, acusados por designar al mosso d'Esquadra Lluís Escolà como cargo de confianza para que protegiera al expresident. La Audiencia de Barcelona amnistió por su parte al director de la Oficina de Puigdemont, Josep Lluís Alay, por su viaje a Nueva Caledonia en 2018. El TSJ catalán también ha borrado los delitos de distintas personas acusadas de atentado contra la autoridad durante el 1-O de octubre o las distintas protestas que tuvieron entre 2018 y 2019.

Beatriz Parera

En el cómputo de la norma también aparecen casos en los que las instancias judiciales han tomado el camino de la paralización en la aplicación. Algunos ejemplos son el caso de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que acordó plantear al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad antes de aplicar la ley de amnistía al expresidente de la Generalitat Quim Torra y a los exdiputados del Parlament Pau Juvillà (CUP) y Bernat Solé (ERC). El TSJ también ha mirado a Europa y, en los casos de Garriga y Salvadó, acordó dirigirse al TJUE

Más casos. La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó a principios de julio preguntar a las partes personadas en la causa de los CDR si procede dirigirse al tribunal de la UE. Algo similar ha hecho el Tribunal de Cuentas, que cuestiona el perdón por el desvío de fondos públicos en el procedimiento que mantenía abierto.

Mezcolanza

La decisión más sonada fue la adoptada por la Sala de lo Penal del Supremo y el juez Pablo Llarena. El instructor del procés rechazó perdonar el delito de malversación atribuido a Puigdemont mientras que la Sala también rechazaba amnistiar por el mismo delito el exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y el resto de condenados por el referéndum ilegal del 1-O. Tanto el juez como la Sala consideran que obtuvieron un beneficio personal que provoca que la gracia no les alcance y que su acción afectó, además, a los intereses financieros de la Unión Europea. Las decisiones de ambos están pendientes de recurso ante el propio Supremo, sin que aún se haya acordado una fecha de resolución, aunque se prevé, en inicio, para septiembre. Una vez despejada la vía del TS, podrá recurrir al Constitucional.

Hay otras decenas de casos "pendientes de resolución". Consta toda una mezcolanza de casos aún vivos o ya cerrados, más allá de las causas principales que se vinculan con la amnistía. Muchas de las causas afectan a cargos intermedios de las formaciones. Por ejemplo, una treintena de antiguos altos cargos de la Generalitat deben aún responder por cooperar en la organización del referéndum. En el grupo de nuevo se aprecia una mezcolanza de lo más variopinto: exdirectores de TV3, el representante del Govern ante la UE o los responsables de Diplocat. También aquellos que prestaron un apoyo formal, como los miembros de la Sindicatura Electoral.

A pesar de todo, el grueso de los potenciales amnistiados no tienen nombres y apellidos conocidos. Una enorme cantidad de ellos se encuentran implicados en procedimientos por desórdenes públicos o atentado contra la autoridad por su participación en distintas acciones de protesta concentradas en el 1-O y en las acciones posteriores de rechazo a la sentencia del procés. Un ejemplo, los Juzgados de las localidades distribuidas a lo largo de la AP-7, la autovía que quedó cortada durante horas en 2019, acumulan al menos seis procedimientos distintos, cada uno contra varios acusados. Otro ejemplo, otro Juzgado, este de Girona, mantiene unas diligencias contra menores por hechos similares.



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