Los fiscales del 'procés' defienden que la amnistía no es aplicable ni a Puigdemont ni a Junqueras

Los fiscales del 'procés' defienden que la amnistía no es aplicable ni a Puigdemont ni a Junqueras

La ley de amnistía está recién aprobada y ya se aprecian los primeros signos de las dificultades que tendrá Carles Puigdemont para disfrutar de ella. Los cuatro fiscales del procés han comunicado este jueves al fiscal general del Estado que consideran que la norma no puede aplicarse al principal delito que acecha a Carles Puigdemont y Oriol Junqueras: la malversación. En una reunión celebrada en la sede de la Fiscalía General, han defendido además que la orden de detención contra el expresident catalán "no puede alzarse", aseguran a El Confidencial fuentes conocedoras del encuentro.

El fiscal general Álvaro García Ortiz ha convocado a Fidel Cadena, Consuelo Madrigal, Javier Zaragoza y Jaime Moreno junto a los fiscales del área penal para debatir la aplicación de la ley. Se reunirá también con los responsables de la Fiscalía de Cataluña. La idea es prepararse ante la inminencia del posicionamiento por la entrada en vigor de la norma. Una vez entrada la ley en vigor, el Supremo dará 10 días a las partes para que informen. Según apunta la Fiscalía General, la cita de hoy se ha limitado a abordar "los caminos procesales para la aplicación de la ley en todas las causas a las que afecta". Las reuniones de la Fiscalía General están destinadas a coordinar la actuación de la Fiscalía en todos los órdenes jurisdiccionales y en todas las instancias.

En la cita, los fiscales del procés han expuesto su postura y aportado un informe redactado al efecto. Sus dudas sobre la malversación se centran en la interpretación de que la Unión Europea prohíbe, ya desde 2017, eliminar delitos que atenten contra los intereses financieros de la Unión Europea. Estos ilícitos se encuentran, además, expresamente excluidos en el texto de la norma que se publicará en los próximos días en el BOE. Los cuatro fiscales sí ven aplicable la ley a los delitos de desobediencia y desórdenes públicos.

Respecto a la malversación señalan, además, una de las últimas variaciones que se introdujo en la ley: el hecho de que no puedan ser amnistiados aquellos que malversen para obtener un enriquecimiento personal. Aseguran que Puigdemont y Junqueras resultaron beneficiados de forma patrimonial. Con el dinero sustraído de las arcas públicas "se pagaron servicios y contratos públicos que daban cobertura, respaldo y solvencia a un proyecto político exclusivo de los autores beneficiados", dicen. Además, se despojó a la Administración de unos fondos públicos para atender pagos que eran delictivos.

El tira y afloja respecto a la ley de amnistía en el seno del Ministerio Público es patente desde hace meses y ha ido mostrando la profunda división que existe en la carrera respecto a la norma y las desavenencias que habrá en un futuro inmediato. La Fiscalía se ha roto en dos y una de las partes discute la legitimidad de una ley sobre cuya aplicación a cada caso práctico deberán informar los fiscales.

Respecto a Carles Puigdemont y la causa por terrorismo por las acciones de Tsunami Democràtic, también hay dudas. La mayoría de la Junta de Fiscales del Supremo tampoco compartió el criterio de la dos de García Ortiz y mostró que existen interpretaciones no solo distintas, sino incluso radicalmente contrarias sobre una misma cuestión. El órgano que dirige García Ortiz lleva meses preparándose para la entrada en vigor de la norma. Ya en diciembre se dirigió a las fiscalías del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y a la Fiscalía Superior de Cataluña para reclamar a todas ellas información "detallada, individualizada y sistematizada" del estado en el que se encuentran cada uno de esos procesos. Los procedimientos afectados rondan los 400.

Beatriz Parera

Esta "diligencia" en reunir cuantos procedimientos penales se hayan tramitado en esas fiscalías en relación con el proceso independentista catalán y demás hechos abarcados por la proposición de ley levantó, ya desde un inicio, suspicacias. Las fiscalías esperan que ahora que la norma acaba su periplo parlamentario y verá definitivamente la luz, la jefatura emitirá instrucciones sobre las causas. Que el criterio impuesto cuadre con el personal de cada fiscal es ya harina de otro costal.

Las opciones del fiscal general

Ante la certeza de que vienen curvas, la Fiscalía General tiene varias opciones, aunque ninguna de ellas podrá imponerse sin resistencia. El Ministerio Fiscal actúa conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad. Por eso, el máximo responsable puede, directamente, emitir una orden en un determinado sentido. La dependencia jerárquica implica que, sobre el papel, los fiscales están obligados a acatar las instrucciones que reciben aunque, eso sí, disponen de vías para pelear y discutirlas.

Marisol Hernández

Otra posibilidad es que el jefe se agarre a la importancia en este caso de la unidad de actuación y que, ante un asunto tan sensible, recurra a la conocida como fungibilidad de los miembros del Ministerio Fiscal. Este principio implica que los fiscales de los casos son intercambiables y que pueden ser sustituidos, por tanto, si lo considera necesario su máximo responsable en aras a la uniformidad de criterio. Este camino también será conflictivo si es el que se adopta.

La principal arma de los fiscales ante la imposición de criterios que no comparten está incluida en el Estatuto Fiscal, en concreto en su artículo 27. En él se indica que si reciben una orden o instrucción que consideren contraria a las leyes o que, por cualquier otro motivo, estimen improcedente, pueden elevar la cuestión a la Junta de Fiscales de Sala. La decisión que adopte esta Junta debe ser acatada, aunque queda patente la discrepancia.



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