"Mono, mono, mono". El Coliseum de Getafe vivió la pasada semana un nuevo episodio de insultos racistas de los que fue víctima, en este caso, el jugador del Sevilla Marcos Acuña. Algo parecido sucedió con el entrenador del mismo equipo, Quique Sánchez Flores, al que le gritaron desde las gradas "gitano". El portero del Rayo Majadahonda, Cheick Sarr, también fue objeto de frases de este tipo por parte de la afición del Sestao River. Ante este escenario, las denuncias se acumulan sin que, de momento, aparezca de forma clara una vía penal para perseguir hechos como estos.
La Fiscalía trabaja desde haces meses, de la mano de Miguel Ángel Aguilar, fiscal de Sala contra los delitos de odio y discriminación, en un proyecto de actuación que implica la persecución de estas prácticas en la creencia de que la acción del Ministerio Fiscal, debe potenciarse ante cánticos e insultos racistas, xenófobos, machistas, homófobos. También todos aquellos que sean discriminatorios cuando impliquen una humillación pública para jugadores, árbitros u otros profesionales deportivos, lesionando su dignidad.
Sin embargo, los resultados no llegan aún y el camino parece largo y complicado. Aunque la Fiscalía actúe, las dificultades de identificación de los autores en concentraciones masivas como las que se producen en los estadios y las propias características del delito de odio en el que suelen enmarcarse a nivel penal estas conductas complican las condenas.
Uno de los casos más evidente es el de Vinicius Jr. La Fiscalía ha presentado en la última etapa nada menos que 18 denuncias por gritos racistas contra el delantero del Real Madrid, pero ha visto como las actuaciones acaban archivadas en al menos cinco de ellas. Un ejemplo del porqué es la decisión adoptada en enero pasado por el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona. El juez aseguraba que lo sucedido en el estadio El Sadar "podría ser constitutivo de delito" pero archivó ante la imposibilidad de identificar a los autores.
Las diferentes interpretaciones, aún no unificadas, han llevado a diferentes juzgados a concluir en casos de insultos por la raza que es exigible que la forma de denigrar alcance al colectivo o la raza completa y no quede centrado en una persona en particular. En otras, se destaca que el ataque verbal debe considerarse incitador o desencadenante de una explosión violenta.
El programa de Aguilar para el departamento que lidera deja abierta la puerta a que esa acción en los tribunales pueda complementarse con las sanciones administrativas. Estas quedan paralizadas a la espera de la decisión final de los tribunales. La Ley contra la Violencia en el Deporte, aprobada en 2007 por el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, contempla las multas más altas del ordenamiento español. Supera incluso las sanciones de la polémica Ley de Seguridad Ciudadana, conocida peyorativamente como ley mordaza. Las sanciones más graves de la ley antiviolencia en el deporte ascienden hasta los 650.000 euros.
El precedente Williams
La hoja de servicios de Aguilar muestra ya en la práctica esta argumentación teórica. Desde Cataluña, donde estaba destinado hasta que tomó posesión de su nuevo cargo, abrió una vía para reclamar penas de prisión en estos casos. En concreto, reclamó penas de dos años de prisión para un aficionado del Espanyol, al que acusaba de haber imitado "los gestos que hacen los primates" y gritado "uh, uh, uh, uh" al delantero del Athletic de Bilbao Iñaki Williams en un partido. El caso está pendiente del inicio del juicio, para el que aún no hay fecha.
El fiscal se apoyó en el artículo 510.2 letra A, que castiga con entre seis meses y dos años de prisión a "quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito (...) por motivos racistas"; y el 510.5, que añade inhabilitación especial. Propuso adoptar ambos en concurso con un delito contra la integridad moral del artículo 173.1, que sostiene que "el que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años". Además de los dos años de cárcel, solicitó multa de 5.400 euros, "prohibición de acceder a estadios de fútbol en cualquier categoría durante un tiempo superior a cinco años al de la pena de prisión impuesta" e "inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre" por el mismo periodo de tiempo. El caso está pendiente de juicio.
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R. La Casa
De forma paralela a la persecución de los cánticos, el fiscal prevé acciones de prevención. Ha impulsado reuniones con los responsables de las fuerzas de seguridad del Estado especializadas en el ámbito deportivo, los coordinadores policiales de seguridad, los responsables de los grandes clubes de fútbol.
Ser diferentes
Más allá del deporte, el nuevo fiscal contra los delitos de odio defiende que estos constituyen la expresión máxima de la intolerancia y el rechazo a las personas "por el mero hecho de ser diferentes". El racismo, la xenofobia, el antisemitismo, la homofobia y la transfobia, la aporofobia (odio a los pobres), la intolerancia religiosa en cualquiera de sus manifestaciones, la misoginia y el machismo, el desprecio a las personas discapacitadas y otras "formas abominables de odio dirigidas contra las personas" basadas únicamente en el desprecio a su diferencia son —dice— una amenaza para la paz pública. Para Aguilar, constituyen el recurso de aquellos que buscan destruir la convivencia, la pluralidad y diversidad de la ciudadanía y "convertir la libertad en miedo, y la cohesión social en fractura", y socavan los valores superiores que constituyen el fundamento del Estado social y democrático de derecho.
La importancia de estos delitos radica en el hecho de que comportan un doble ataque: por una parte, las víctimas de estos delitos son intencionalmente seleccionadas por motivos de intolerancia, causándoles daños físicos o, en ocasiones, un gran impacto emocional; y, por otro lado, y de ahí su gravedad, porque tienen efectos colaterales al generar sentimientos de miedo e inseguridad en el colectivo al que pertenecen, amenazando de forma indirecta la seguridad y la tranquilidad de la ciudadanía.
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