La Fiscalía de Madrid ha pedido que no se admita la denuncia interpuesta por el Colegio de la Abogacía madrileña (ICAM) por presunta revelación de secretos al desvelar datos del novio de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, argumentando que solo confirmó información veraz, ya conocida, para desmentir publicaciones "inveraces".
El fiscal recurre el auto del pasado 1 de abril por el que el Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid incoó diligencias y pide que se inadmita la denuncia del ICAM porque no hay delito en la nota emitida por la Fiscalía de Madrid el pasado 14 de marzo, en la que se daban detalles sobre la investigación a Alberto González Amador y otras cuatro personas por los presuntos delitos de defraudación tributaria y falsedad documental.
El Colegio de la Abogacía de Madrid interpuso denuncia en marzo para identificar a los "culpables" de la filtración de datos en ese comunicado. Y una vez incoadas diligencias, el ICAM anunció que se personará como parte presentando querella "contra autor desconocido de los hechos, sin perjuicio de ulteriores planteamientos de competencia objetiva por razón de la persona", en referencia a un eventual aforamiento.
Este proceso es diferente al que se sigue en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) por la querella que interpuso Alberto González Amador contra la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, y el fiscal de delitos económicos, Julián Salto, a los que acusa de revelación de secretos por desvelar detalles de la investigación, en la misma nota de prensa de la Fiscalía que denunció el ICAM.
En el recurso presentado ante el Juzgado de Instrucción 28 de Madrid, la Fiscalía concluye que "en definitiva, ante el interés general suscitado por la opinión pública en relación con las informaciones publicadas por diversos medios de comunicación, la nota de prensa emitida por la Fiscalía de Madrid se limitaba a desmentir, con hechos cronológicamente sistematizados, las inveraces publicaciones" de dos medios.
"Por consiguiente, la nota de prensa se limitaba a comunicar a la opinión pública una información veraz, dando cumplida cuenta de esta forma a la obligación legal" que le impone la ley, añade el escrito, que subraya "la legitimidad constitucional de la nota informativa emitida a las 10:20 horas del 14 de marzo de 2024, en ejercicio del deber de información que al Ministerio Fiscal", añade.
El recurso sostiene que ese juzgado debió rechazar la denuncia "en tanto en cuanto aquella venía dirigida contra 'ignorados miembros del Ministerio Fiscal'". Y mantiene que el juez "identifica la acción de divulgar un secreto o información reservada con la acción de confirmar una información ya divulgada por varios medios de comunicación".
La Fiscalía desgrana todas las publicaciones sobre la investigación abierta al novio de Ayuso por supuesto fraude, en las que se habían publicado "fragmentos más o menos extensos" del correo que González Amador envió al fiscal del caso ofreciendo un acuerdo, incluso con "pantallazos". E incide en que con la nota la Fiscalía "se limitaba a ejercer su deber de informar a la opinión pública con absoluta transparencia, prudencia y dentro de los márgenes y límites que marca nuestro ordenamiento jurídico y la Instrucción de la Fiscalía General".
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