El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha propuesto juzgar a seis personas, en su mayoría antiguos miembros de ETA, como autoras de un delito continuado de humillación a las víctimas y enaltecimiento del terrorismo por la organización de 120 actos de homenaje a presos de ETA entre 2016 y 2020.
En el auto de pase a procedimiento abreviado, acordado a instancia de la Fiscalía, el titular del Juzgado Central de Instrucción 6 propone juzgar a los miembros de la Comisión de Presos de Sortu José Antonio López Ruiz, Kubati, y Oihana Garmendia Marín, junto a los investigados Haymar Altuna, Oihana San Vicente Saez de Cerain, Carlos Saez de Egilaz Murgiondo y Felipe San Epifanio San Pedro.
Según el juez, en su condición de miembros de la Comisión de Presos de SORTU, Kubati y Garmendia Marín, junto al resto de investigados, “han desarrollado una actividad tendente a organizar de forma sistemática y sistematizada los actos de homenaje a los presos, valiéndose en ocasiones de la dinámica KALERA KALERA y en otras ocasiones de otros movimientos sociales o asociaciones, en función de las necesidades del momento concreto”.
Este desarrollo de la organización de los ongi etorris y demás actos de homenaje a los presos de la banda terrorista se realizó, asegura el auto, a través de normas estrictas, tanto en lo referente a qué presos se rendía tributo como en lo concerniente a cómo se debía desarrollar el homenaje. Así, respecto de lo primero, explica, solo fueron tributarios de homenaje aquellos presos que se habían mantenido durante su cautiverio dentro de la disciplina del colectivo de presos.
A lo largo del auto, en el que se da a las acusaciones un plazo de 10 días para presentar sus escritos de acusación, el magistrado hace constar los 120 concretos actos de homenaje a miembros de la organización terrorista ETA.
La rectificación de la sala
Cabe recordar que, el pasado mes de marzo, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó dar por concluida la investigación abierta por los ongi etorri, corrigiendo así la decisión del juez instructor de prorrogar la instrucción para ampliar la investigación a chats presuntamente administrados por Sortu en los que se impartirían directrices e instrucciones sobre cuestiones relacionadas con presos y fugados.
La Sala de lo Penal estimaba así el recurso que presentó el fiscal del caso Carlos Berro, que en su escrito indicaba que no encontraba delito en esos chats y que eran, además, ajenos a la investigación.
En el auto, la Sección Tercera dejaba, además, sin efecto la diligencia consistente en dirigir mandamiento a Telegram para que informara de la titularidad de tres canales, uno de ellos administrado por Sortu y otro por la Red Ciudadana SARE.
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