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El juez de la Audiencia Nacional, Francisco de Jorge, ha ratificado la medida de prisión provisional, comunicada y sin fianza, para el exjefe de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF), Óscar Sánchez Gil. La decisión se adopta en el marco de una investigación por supuestos delitos de tráfico de drogas en cantidad de notoria importancia cometido por un funcionario público, organización criminal, cohecho activo y blanqueo de capitales. Todo, después de que su mujer y su cuñada, implicadas en el tráfico y en el blanqueo, quedasen en libertad tras un error judicial en el proceso de instrucción.
La resolución judicial se ha dictado a petición de la Fiscalía Antidroga tras una comparecencia celebrada el pasado jueves conforme al artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Durante dicha vista, la defensa del investigado solicitó su puesta en libertad, petición que ha sido desestimada por el magistrado instructor. En el auto, el juez sostiene que la investigación ha permitido acreditar la participación de Sánchez Gil en los hechos, basándose en intervenciones telefónicas y otros indicios. Entre ellos, se mencionan conversaciones en las que presuntamente dio instrucciones tras el hallazgo de un cargamento de droga en el puerto de Algeciras, así como su presunta implicación en operaciones de blanqueo mediante sociedades instrumentales a través de un familiar.
Según el instructor, durante los registros domiciliarios y en su lugar de trabajo se hallaron más de 20 millones de euros en efectivo, ocultos en compartimentos disimulados. Estas cantidades coincidirían, según el auto, con una contabilidad intervenida en su teléfono móvil, donde figurarían anotaciones sobre cargamentos de cocaína introducidos y beneficios percibidos. La defensa del exjefe policial alegó falta de acceso a los elementos esenciales de la causa y citó como precedente la excarcelación del también investigado Ignacio Torán. El juez, sin embargo, indica que la solicitud de acceso se produjo cuando el secreto ya había sido levantado parcialmente y que, en todo caso, el investigado contó con resúmenes de imputación antes de sus comparecencias ante la policía y el juzgado.
Respecto a la comparación con el caso de Torán, el auto subraya que las circunstancias no son equiparables. Mientras que la libertad de este último respondió a la omisión en el acceso previo a documentación esencial para preparar su defensa, en el caso de Sánchez Gil, su representación ha tenido acceso a una parte sustancial del sumario desde febrero, incluyendo la posibilidad de formular nuevas alegaciones tras la ampliación del levantamiento del secreto. Bajo esa misma premisa quedaron en libertad la mujer y la cuñada del exjefe de la UDEF.