La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato a cuatro años, nueve meses y un día de cárcel por tres delitos fiscales, un delito de blanqueo de capitales y corrupción entre particulares, así como una multa de más de 2 millones de euros, y el pago de 568.413 euros a Hacienda.
El fallo, según fuentes jurídicas, queda muy lejos de la petición de la Fiscalía Anticorrupción, que atribuía a Rato once delitos fiscales, blanqueo de capitales y corrupción en los negocios, y pedía para él 63 años de cárcel y 42,4 millones de euros de multa, además de una indemnización de 7,75 millones para la Agencia Tributaria.
Respecto de los delitos fiscales, la Sala absuelve a Rato de los relativos a los ejercicios 2005, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2015, pero le condena por lo relativo a dónde estaba su residencia fiscal durante su mandato como director gerente del FMI, ya que la Audiencia considera que seguía manteniéndola en España -pese a que la sede del organismo está en Washington-, donde estaba obligado a presentar sus declaraciones fiscales.
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En la sentencia, de 1.232 folios y que todavía no se ha hecho pública, el tribunal, presidido por la magistrada Angela Acevedo, señala también las "dilaciones indebidas" por el tiempo que ha durado el proceso, iniciado en 2015.
Rato recurrirá el fallo
Después de haber leído "detenidamente" el fallo y a expensas de leer la totalidad de las más de 1.200 páginas de la sentencia, el exministro de Economía del Gobierno de Aznar se ha pronunciado: "Defenderé mis derechos en los correspondientes recursos ante un fallo que me parece injusto y falto de base jurídica".
"Resulta llamativo que se pueda considerar que he cometido delito alguno", ha señalado en un comunicado que ha difundido el exministro horas después de que se diera a conocer el fallo. En él, Rato repasa la decisión del tribunal y afea que considere que ha cometido un delito contra la Hacienda Pública en el año 2006, "ejercicio que ya estaba prescrito en abril de 2015, cuando comenzó esta causa, que no incluía este ejercicio, y más prescrito aún en el escrito de acusación de 2021".
"Me parece significativo recordar que en el año 2006 yo era director gerente del Fondo Monetario Internacional y residente en Washington DC, como es ampliamente sabido por la opinión pública y quedó documentado durante la vista", añade.
Los otros condenados
En una nota, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) indica que el abogado Domingo Plazas, que fuera administrador de Kradonara, epicentro de la trama societaria de Rato, ha sido condenado por cooperación en los delitos fiscales a penas que suman 18 meses de cárcel y multa de algo más de 155.000 euros.
Plazas debe responder solidariamente con Rato del pago a Hacienda, por la responsabilidad civil derivada de dichos delitos.
Kradonara era la sociedad a través de la cual Rato enviaba a España el dinero que tenía en el exterior, y con la que firmó un contrato con Telefónica por un asesoramiento, como si fuera dicha sociedad la que prestaba el servicio, cuando realmente lo hacía el propio Rato, que es quien tenía que haber tributado por estos trabajos.
También ha sido condenado el que fuera considerado testaferro de Rato, Alberto Portuondo, por el delito de corrupción entre particulares, al imponer ambos la elección de Publicis y Zenith para que fueran contratadas por Bankia, y poder cobrar así una comisión por el proceso de selección.
La pena para Portuondo es de tres meses y un día de cárcel, y una multa de la mitad de la comisión recibida, que ascendía a 2.022.154,52 euros, acordando, además, el comiso de dicha cantidad.
Absueltos
El Tribunal absuelve, sin embargo, al resto de los acusados por este delito, tanto a los empleados de Publicis y Zenith y a estas sociedades, como la exsecretaria de Rato, Teresa Arellano, o el que fuera su número dos en Bankia, José Manuel Fernández Norniella, al entender que los mismos no participaron en el acto corrupto.
Asimismo, ha sido absuelto el excuñado de Rato, Santiago Alarcó, del delito de blanqueo de capitales que se le atribuía; y el exdirectivo de Telefónica Ramiro Sánchez de Lerín, así como otro colaborador del exvicepresidente, Miguel Ángel Montero, al que la Sala tampoco considera como cooperador en el delito de corrupción entre particulares.
Fuentes jurídicas han indicado a EFE que no hay plazo establecido para que la Fiscalía o la Abogacía del Estado pidan el ingreso en prisión de Rato; la sentencia, que aún no es firme, puede ser recurrida ante el Supremo.
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