Los autónomos suelen cobrar pensiones de jubilación menores que las de los trabajadores por cuenta ajena.
Una de las dudas más frecuentas para muchas personas trabajadoras que se acercan a su edad de jubilación es cuánto les quedará de pensión. Especialmente en el caso de los autónomos: como cotizantes en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), suelen cotizar menos y sus pensiones de jubilación, por lo tanto, suelen ser mucho menores que las de otros trabajadores.
En el foco, aquellos trabajadores autónomos que coticen por la base mínima, fijada actualmente en 735 euros al mes para aquellos que generen hasta 670 euros al mes: es el caso del 86,6% de los trabajadores autónomos, según los datos del Ministerio.
Cuál es la pensión mínima de un autónomo
¿Cuál será la pensión de jubilación que les quede a estos autónomos que cotizan por la base mínima? Para saberlo, hay que tener en cuenta el total de años cotizados y hacer la media de todas las bases de los últimos 25 años, para después dividir la cifra entre 350.
La pensión mínima o el 50% de la base reguladora se concede a quienes han cobrado el mínimo de 15 años, y a partir de ahí se añaden porcentajes: 0,21% de la base reguladora por cada uno de los siguientes 49 meses, y por cada uno de los siguientes 209 meses un 0,19%. Para tener acceso al 100% de la base reguladora, será necesario haber cotizado 36 años y seis meses.
Por lo tanto, para un trabajador que haya trabajado 36 años y seis meses, habiéndolo hecho por la base mínima de 735 euros, deberá multiplicar esa cifra por 300 y dividirlo entre 350: la cuantía será de 630 euros al mes. En caso de no cumplir el mínimo de años, la cuantía se quedaría en 315 euros mensuales, el 50%.
{getToc} $title={Tabla de Contenidos}