Nuevo lío en la Fiscalía por la aplicación de la amnistía. Esta vez, por la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de amnistiar (TSJC) al exconseller de Interior de la Generalitat Miquel Buch y al escolta del ex presidente Carles Puigdemont Lluís Escolà. La Fiscalía Superior de Cataluña no estaba de acuerdo con esta decisión y se preparaba para recurrirla ante el Tribunal Supremo, pero la Fiscalía General del Estado descarta dar ese paso, apuntan fuentes jurídicas.
La clave radica en que la competencia para interponer este recurso depende de la Fiscalía del Tribunal Supremo, y ellos sí comparten la decisión del TSJC. La propia teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, ha defendido —sin éxito— la aplicación total de la amnistía a Carles Puigdemont y el resto de líderes del procés, a lo que se suma que esa es la postura que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, logró imponer en la Junta de Fiscales de Sala del pasado junio.
El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena descartó este lunes amnistiar el delito de malversación al expresident, pero la Fiscalía General del Estado considera que su propia resolución abre la puerta a que, en el caso de Buch y Escolà, la ley sí sea aplicable. Las fuentes consultadas destacan para ello la página 33 de la resolución, en la que el propio magistrado parece en principio validar la amnistía que concedió el TSJC.
"De todas estas modalidades delictivas, la amnistía solo ha sido excluida en la apropiación de fondos con propósito de obtener un beneficio de carácter patrimonial. Y aún en estos supuestos, solo se ha excluido cuando el beneficio es personal, permitiéndose la concesión de la gracia cuando el beneficio de carácter patrimonial redunde a favor de un tercero, tal y como acontece con la amnistía que recientemente se concedió a quien desviaba dinero público por pagar a un tercero por la protección de otra persona también ajena a la defraudación", sostiene el magistrado en su resolución.
El Supremo rechaza amnistiar a Puigdemont y mantiene la orden de detención contra él
Pablo Gabilondo
La Fiscalía General del Estado considera que este párrafo no deja lugar a dudas. Como ha avanzado El Mundo, la Fiscalía Superior de Cataluña llegó a presentar este miércoles su anuncio de recurso de casación por infracción de Ley ante el TSJC, pero, al depender de sus compañeros del Supremo, su intento quedará en papel mojado.
A la espera del recurso contra Llarena
Más allá de ese párrafo concreto de la resolución, la Fiscalía del Supremo no comparte la decisión de Llarena de no amnistiar la malversación a Puigdemont y se prepara ya para recurrirla. Sus argumentos serán los mismos que ya expuso a la hora de pedir que se aplicará la ley en su totalidad al expresident: consideran que no se produjo un beneficio patrimonial de carácter personal por parte de los líderes del procés y que sus actos tampoco afectaron a los intereses financieros de la Unión Europea.
"Siempre que el responsable del delito se hubiera limitado a desviar fondos públicos con la única finalidad de financiar, sufragar o facilitar la convocatoria y/o celebración de las consultas del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017, dicha conducta deba ser considerada comprendida [en la amnistía]", defendieron en los informes remitidos al Supremo el pasado junio. "En materia de gastos, a pesar de la exhaustiva fiscalización de los relacionados con la celebración de la consulta de 1 de octubre de 2017, no consta que fueran empleados fondos europeos".
A la hora de rechazar esta postura, Llarena avisó a las partes de que tenían tres días para recurrir desde la notificación de su auto y apuntó a dos posibles vías. El recurso de reforma, que implicaría dejar el análisis de sus argumentos en manos del propio Llarena, o el recurso de apelación. En este segundo caso, su escrito sería revisado por una sala compuesta por los magistrados Vicente Magro, Eduardo de Porres y Susana Polo.
{getToc} $title={Tabla de Contenidos}