El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena rechazó este lunes levantar la orden de detención nacional contra Carles Puigdemont. Tras más de seis meses de negociaciones y tres redacciones distintas, la ley de amnistía que pactó con el Gobierno no ha logrado garantizar su regreso inmediato a Cataluña, pero el expresident ya tiene la mirada puesta en la siguiente casilla: la batalla que se librará en el Tribunal Constitucional.
El primer paso que Puigdemont dará ahora consistirá en recurrir el auto de Llarena ante el propio Supremo. "Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reforma, y subsidiario de apelación, en el plazo de tres días", explicó el magistrado en su resolución.
El recurso de reforma implicaría dejar el análisis de sus argumentos en manos de Llarena, pero el escenario cambia con el de apelación. En ese caso, su escrito sería revisado por una sala compuesta por los magistrados Vicente Magro, Eduardo de Porres y Susana Polo. Esta última instruye a su vez la causa del Supremo sobre Tsunami Democràtic, en la que investiga a Puigdemont por delitos de terrorismo y en la que aún no se ha pronunciado sobre la posible aplicación de la amnistía.
Todo apunta a que este posible recurso de apelación tampoco será atendido por los tres magistrados: a Polo se le ubica en la órbita progresista, pero los otros dos son considerados conservadores. A esto se suma que la Sala de lo Penal del tribunal, presidida por el magistrado Manuel Marchena, también siguió la misma línea que Llarena este lunes y negó que la malversación del procés sea amnistiable.
Si los tres magistrados mantienen este criterio y rechazan el recurso de Puigdemont, su defensa ya tendrá vía libre para recurrir al Constitucional. Con un pleno formado por siete progresistas frente a cinco conservadores, en principio goza de más posibilidades, aunque ese reparto de fuerzas puede variar. Como ha ido informando este diario, el Constitucional va a ser el escenario de una guerra de recusaciones, con intentos de unos y otros por apartar a determinados magistrados.
De los siete progresistas, dos se enfrentarán sin duda a solicitudes de abstención: Juan Carlos Campo, exministro de Justicia y bruñidor de los indultos a los políticos independentistas, y Cándido Conde-Pumpido, el presidente. Tampoco los cinco conservadores quedarán libres de reclamaciones de recusación. De hecho, el expresident ya lo intentó con dos ellos desde su nombramiento: Enrique Arnaldo y Concepción Espejel.
A falta de que comience esta pelea por las recusaciones al abordar la amnistía, desde ERC también anunciaron este lunes su intención de recurrir al Constitucional para levantar la inhabilitación de Junqueras. "Hay tribunales que no aplican la ley, sino que hacen política", denunciaron.
El Supremo también apunta al TC
Más allá de los recursos que interpongan unos y otros, Llarena y la Sala de lo Penal también apuntaron este lunes a otra vía que implicaría acudir al Constitucional. En este caso, para consultar a la corte de garantías sobre la constitucionalidad de amnistiar la desobediencia.
Los magistrados en principio consideran que este delito "está incuestionablemente abarcado por la ley de amnistía", pero ante sus dudas sobre la legalidad de la propia norma, han pedido a las partes que se pronuncien sobre la pertinencia de elevar una cuestión de inconstitucionalidad: "Procede dar traslado al fiscal, la acusación popular y la defensa de los condenados con el fin de que, en el plazo común e improrrogable de 10 días puedan alegar lo que deseen".
La consulta en ningún caso abordaría el delito de malversación, que es el que los magistrados descartan que sea amnistiable y por el que se mantiene la orden de detención contra Puigdemont y la inhabilitación de Junqueras. Pese a ello, su posible presentación pone una vez más el foco en este Constitucional, que podría tardar varios meses en resolver la misma.
Descarta consultar a la Justicia europea
Llarena y la Sala de lo Penal sitúan además al Constitucional en el centro del debate porque descartan una segunda vía posible: la de presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Esta figura implicaría contraponer la amnistía con el derecho de la UE, así como paralizar la aplicación de la misma en esta causa hasta que se resolvieran las correspondientes dudas.
Tras la entrada en vigor de la amnistía, el Tribunal de Cuentas ya preguntó a las partes sobre la posibilidad de activar esta consulta a la Justicia europea, pero el Supremo se muestra ahora tajante: no cabe consulta alguna sobre la aplicabilidad de la ley porque la propia norma excluye del 'perdón' aquellos actos que impliquen un enriquecimiento personal o que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea.
"No podemos suscitar una cuestión prejudicial que plantee (...) si es correcto lo que correctamente ha decidido el legislador nacional al aprobar la ley de amnistía", advierte la Sala de lo Penal. "Carece de sentido promover una duda prejudicial sobre la interpretación de una cuestión fáctica, no jurídica".
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