La Fiscalía se opone a que el Tribunal de Cuentas (Tcu) plantee una cuestión prejudicial sobre la ley de amnistía ante la Justicia de la Unión Europea. Entre los artículos que le suscitan dudas a este tribunal, destaca el que abre la puerta a dejar fuera de la aplicación de la ley aquellas conductas que hayan afectado a los intereses financieros de la UE, pero la Fiscalía rechaza dar ese paso. "No resultaría procedente el planteamiento de dichas cuestiones", advierten en un escrito notificado este martes.
El Tribunal de Cuentas apuntó a una posible cuestión prejudicial en el marco del procedimiento que mantiene en el banquillo a Puigdemont y otros 34 ex altos cargos catalanes, entre los que destacan también Artur Mas y Oriol Junqueras. Su planteamiento ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) implicaría contraponer la amnistía con el derecho de la UE, así como paralizar la aplicación de la misma en esta causa hasta que se resolvieran las correspondientes dudas.
"Tal y como establecen las recomendaciones publicadas por el TJUE (...), la petición de decisión prejudicial debe de referirse a la interpretación o validez del derecho de la Unión Europea y no a la interpretación de normas jurídicas nacionales", argumenta ahora la Fiscalía. "El tribunal de Justicia solo puede pronunciarse sobre la decisión prejudicial cuando el derecho de la UE sea aplicable al asunto controvertido en el litigio principal, circunstancia esta que no concurre en el presente caso", añade.
Puigdemont también se opuso la pasada semana a la presentación de una cuestión prejudicial sobre la amnistía. "No tiene competencia", advirtió su defensa. "Procede, sin más dilaciones, que se cumpla la ley, se alcen las medidas cautelares acordadas en su día y se archiven las presentes actuaciones sin incurrir en cualesquiera otras aventuras jurídicas carentes de cualquier sustento legal".
El TSJC aplica por primera vez la amnistía con Miquel Buch y el exescolta de Puigdemont
Europa Press
El procedimiento del Tcu se centra en el presunto desvío de fondos para el referéndum del 1-O y la acción exterior del independentismo. La Fiscalía les reclama tres millones de euros por estos hechos, mientras que la acusación que ejerce Sociedad Civil Catalana (SCC) eleva la cifra hasta los cinco. La consejera del Tcu en ningún caso puede condenar por un importe superior al que solicitan, por lo que el máximo posible queda fijado por la demanda de estos últimos.
Los artículos que cuestiona la consejera
La ley de amnistía establece que "se aplicará por el Tribunal de Cuentas en cualquier fase del proceso". El artículo 13.3 concreta a su vez la forma de llevar a cabo esa aplicación: "Si el proceso de exigencia de responsabilidad contable tramitado por el Tribunal de Cuentas se hallara en fase de primera instancia o de apelación, los órganos competentes de dicho tribunal, previa audiencia del Ministerio Fiscal y de las entidades del sector público perjudicadas por el menoscabo de los caudales o efectos públicos relacionados con los hechos amnistiados, dictarán resolución absolviendo de responsabilidad contable a las personas físicas o jurídicas demandadas".
Al plantear la posibilidad de presentar una cuestión prejudicial ante el TJUE, la consejera apunta de forma directa a ese artículo 13.3 y cuestiona su encaje con el derecho de la UE. En la misma línea, señala el artículo 1, que aborda el "ámbito objetivo" de la amnistía; el 2.E, que deja fuera de la amnistía los delitos que afecten a "los intereses financieros de la Unión Europea"; el 8.3, que contempla el inmediato "alzamiento de las medidas cautelares", y el 10, que regula la "tramitación preferente y urgente" de la propia ley.
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